corte suprema

Fuente: Página 12
11/06/2025 00:01

La Corte Suprema se arrodilló ante el poder real y ratificó la condena a Cristina Kirchner

El TOF2 ordenó que la expresidenta se presente en cinco días hábiles en Comodoro Py para comenzar la ejecución de la pena: seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos.

Fuente: Perfil
11/06/2025 00:00

Juan Grabois y Ofelia Fernández apuntaron contra la Corte Suprema luego de la condena a Cristina Kirchner: "Se consumó el golpe judicial"

Al igual que Axel Kicillof, los militantes Juan Grabois y Ofelia Fernández defendieron a la expresidenta. Leer más

Fuente: Perfil
10/06/2025 23:00

Cristina condenada: tachan a la Corte Suprema de estar movida por intereses políticos

En el programa "Comunistas", emitido por Bravo TV, cuestionaron que el máximo tribunal haya dejado firme la sentencia contra la expresidenta, y señalaron que la decisión tiene lugar en un contexto de crisis de la democracia. Leer más

Fuente: La Nación
10/06/2025 22:00

Qué dijo Cristina Kirchner tras conocerse el fallo de la Corte Suprema y por qué se refirió a Javier Milei

La jornada en la sede del Partido Justicialista (PJ) en la calle Matheu estuvo marcada por una fuerte tensión y concluyó con un encendido discurso de Cristina Kirchner ante la militancia. La expresidenta se pronunció luego de que se conociera la decisión de la Corte Suprema de Justicia de confirmar la condena en su contra en la emblemática causa Vialidad.¿Qué dijo Cristina Kirchner sobre el fallo de la Corte?Cristina Kirchner dedicó una parte central de su alocución a descalificar el fallo del máximo tribunal y a sus integrantes, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, a quienes tildó de "triunvirato de impresentables" y "monigotes". Sostuvo que "no se confundan. Son tres monigotes que responden a mandos naturales muy por arriba de ellos", en una clara alusión al "poder económico". El discurso completo de Cristina Kirchner luego de ser condenada por La Corte SupremaLa expresidenta cuestionó que la Corte Suprema de Justicia no haya tratado la causa en profundidad y se limite a rechazar los argumentos de su defensa. "Al final no trataron nada. Tal cual lo dije, y hay registros periodísticos e históricos", afirmó.A su vez, rememoró su declaración en el juicio oral: "Cuando fui a declarar durante tres o cuatro horas en las que puse todos los puntos sobre las íes sostuve antes de levantarme que la sentencia ya estaba escrita; y no me equivocaba". Para la expresidenta, esta situación es una muestra de que "a los dirigentes políticos que gobiernan para el pueblo, que logran la distribución del ingreso más equitativa, nunca nos lo van a perdonar".¿Qué dijo Cristina Kirchner sobre el gobierno de Milei?Respecto al gobierno de Javier Milei, la exmandataria también lo calificó de "monigote", aunque reconoció que fue votado por los argentinos. Advirtió que su gestión es la "crónica de una muerte final" y que "esto no tiene final feliz".Kirchner se mostró convencida del fracaso del actual programa económico. "Esto no tiene final feliz y el poder económico lo sabe", aventuró. También comparó al Presidente con Donald Trump: "Cuando este monigote se caiga, como el otro monigote del norte, el amigo de la motosierra [en referencia a Elon Musk]..." "Miren el papelón, el bochorno... Cuando esto se desplome, lo que pretenden es que el campo nacional y popular no pueda organizarse", agregó. Según su visión, el objetivo detrás de estas maniobras es impedir que el peronismo pueda construir una alternativa cuando el actual modelo económico "se desplome".¿Qué dijo Cristina Kirchner sobre Axel Kicillof?El gobernador bonaerense, Axel Kicillof, realizó un corto paso (de aproximadamente media hora) por la sede del PJ acompañado por su ministro de Gobierno, Carlos Bianco, antes del discurso de la expresidenta. Durante su alocución, Cristina hizo un llamado a la unidad del peronismo para afrontar estas dificultades, en una posible referencia al gobernador y su entorno por la interna que se sucede puertas adentro del partido.¿Cuál fue su mensaje final de Cristina a la militancia?A pesar del panorama adverso, Cristina Kirchner instó a la militancia a no claudicar. "Se equivocan los que piensan que de esta manera van a llegar a sus objetivos, que son seguir con procesos de destrucción a los argentinos", aseguró y concluyó con un llamado a la acción: "A militar, organizarse, estar junto a la gente que lo necesita. A militar junto a los colectivos sociales que están siendo agredidos por estas políticas, a profundizar el acercamiento y la empatía con la gente".Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.

Fuente: La Nación
10/06/2025 21:00

Cristina Kirchner, a prisión: las reacciones de líderes y dirigentes internacionales al fallo de la Corte Suprema

Mientras los medios de todo el mundo publicaron la decisión de la Corte Suprema que ratificó la condena a Cristina Kirchner, los líderes internacionales, algunos de ellos aliados de la expresidenta que irá a prisión, hasta ahora se mantienen en silencio.La única reacción oficial de un gobierno hasta ahora llegó de Cuba, desde donde se pronunció el canciller Bruno Rodríguez."Reiteramos nuestro apoyo al pueblo argentino en defensa de la soberanía y la dignidad. La condena contra Cristina Fernández de Kirchner es un claro acto de venganza y amenaza", dijo en X.#Cuba expresa su firme solidaridad con @CFKArgentina.Reiteramos nuestro apoyo al pueblo argentino en defensa de la soberanía y la dignidad. La condena contra Cristina Fernández de Kirchner es un claro acto de venganza y amenaza.#TodosConCristina pic.twitter.com/FVVnPxSAt0— Bruno Rodríguez P (@BrunoRguezP) June 10, 2025Apoyo de expresidentesEl expresidente boliviano Evo Morales, un aliado regional de Cristina que también fue inhabilitado, expresó "con profunda indignación" su "solidaridad con la hermana Cristina, su familia y el pueblo revolucionario de Argentina"."La condena injusta de seis años de cárcel e inhabilitación perpetua no es otra cosa que persecución política para proscribir a una lideresa del pueblo", dijo Evo en una publicación en X."Vivimos una reedición del Plan Cóndor: ya no son los militares al servicio del imperio, ahora son jueces serviles a las oligarquías quienes ejecutan golpes judiciales contra quienes defienden la soberanía y los derechos de las mayorías", continuó. "Llamamos a la unidad y movilización del pueblo argentino en defensa de la democracia. Cristina no está sola. Desde el corazón de la Patria Grande, nos sumamos a la lucha contra el lawfare y por una América Latina libre, digna y soberana".Con profunda indignación expreso mi solidaridad con la hermana @CFKArgentina, su familia y al pueblo revolucionario de #Argentina. La condena injusta de seis años de cárcel e inhabilitación perpetua no es otra cosa que persecución política para proscribir a una lideresa delâ?¦ pic.twitter.com/NYj9GXfbJl— Evo Morales Ayma (@evoespueblo) June 10, 2025Exiliado en Bruselas y con pedido de captura en Ecuador, el expresidente Rafael Correa también publicó en X posteos en apoyo de Cristina."¡Fuerza, Cristina!¡Fuerza, Argentina!¡Basta de lawfare! Derrótennos -si es que pueden- en las urnas", dijo el exmandatario ecuatoriano.¡Fuerza, Cristina!¡Fuerza, Argentina!¡Basta de lawfare!Derrótennos -si es que pueden- en las urnasâ??ð??¼ pic.twitter.com/crXLTLy73r— Rafael Correa (@MashiRafael) June 10, 2025Apoyo de Podemos en EspañaEl partido Podemos, que integra la coalición de Pedro Sánchez en España, denunció "golpismo" y "una guerra sucia judicial" en la ArgentinaLa secretaria general de Podemos, Ione Belarra, lamentó que en "todos los lugares del mundo" ocurra lo mismo."Guerra sucia judicial contra las y los dirigentes populares que nunca se vendieron al poder y estuvieron al lado de su pueblo", expresó la dirigente de la formación morada, que ha mostrado de esta manera su apoyo a la expresidenta argentina. "Contra la ofensiva reaccionaria, alianzas internacionales para construir derechos", reclamó.Para la secretaria política de Podemos, la eurodiputada Irene Montero, la condena a Cristina Fernández es "golpismo" y una "guerra sucia judicial y mediática para que, golpeando a una, todo un pueblo renuncie a una vida con derechos"."La quieren presa y fuera de la política. A las fuerzas democráticas del mundo nos deben encontrar a su lado. Contigo, Cristina", escribió la también exministra de Igualdad en un mensaje publicado en la red social X.La condena a Cristina Fernández es golpismo: guerra sucia judicial y mediática para que, golpeando a una, todo un pueblo renuncie a una vida con derechosLa quieren presa y fuera de la política. A las fuerzas democráticas del mundo nos deben encontrar a su ladoContigo Cristina https://t.co/Q542P7xKzj— Irene Montero (@IreneMontero) June 10, 2025

Fuente: La Nación
10/06/2025 21:00

Qué dijo Alberto Fernández sobre Cristina Kirchner antes del fallo de la Corte Suprema

Antes de que se defina el fallo de la Corte Suprema sobre la condena a Cristina Kirchner en la causa Vialidad, Alberto Fernández defendió a quien fue vicepresidenta durante su mandato. A través de un mensaje en redes sociales y declaraciones radiales, expresó su respaldo a Cristina Kirchner y cuestionó la integridad del proceso judicial. El posteo en redes sociales: una defensa directa"Nunca me callé ante las injusticias y sigo fiel a mis convicciones. En un Estado de derecho, los opositores no se persiguen judicialmente, se los juzga conforme a la ley. Algo que no ha ocurrido con CFK", escribió Fernández en su cuenta de X. Este mensaje conciso, pero contundente, marcó su postura frente al caso.Alberto Fernández criticó el proceso judicialEn diálogo con Radio con Vos, Alberto Fernández profundizó sus críticas al proceso judicial. "Esta es una causa donde ningún tribunal entendió cómo funciona la asignación de la obra pública en el Estado. No es una decisión del presidente, es una decisión del Congreso", explicó para argumentar que la ley de presupuesto determina las obras públicas a evaluar cada año.EL ESTADO DE DERECHO ESTÁ EN PELIGRO. pic.twitter.com/N0in2sH9Sy— Alberto Fernández (@alferdez) June 10, 2025El expresidente enfatizó que un mandatario no tiene injerencia en la licitación de obras públicas, ya que esta responsabilidad recae en los ministerios o gobernadores. "El Estado solo revista el avance de las obras y otorga los recursos", añadió para cuestionar la lógica detrás de la acusación contra Cristina Kirchner.¿Por qué Alberto Fernández defiende a Cristina Kirchner?Fernández hizo un "llamado a la reflexión colectiva", pera advirtió sobre las implicaciones de una Justicia que, a su juicio, no actúa con imparcialidad. "Si la Justicia Argentina actúa así, estamos en un problema muy serio", sentenció. A la vez, recordó su defensa a Lula Da Silva durante su encarcelamiento, para argumentar que lo hizo por considerar que era una injusticia, más allá de las diferencias ideológicas."Si hoy estoy hablando, no es porque me llevo de maravilla con Cristina. Es porque es injusto lo que están haciendo. Quiero que se respeten las normas", afirmó.El expresidente advirtió sobre las posibles consecuencias que tiene el fallo adverso para Cristina Kirchner. "Me llama la atención de que, si llegaran a rechazar el recurso extraordinario o la queja, sería un acto de arbitrariedad que solo lo podría dilucidar un tribunal internacional como la Corte Interamericana de Justicia", señaló y dejó entrever la posibilidad de recurrir a instancias internacionales en caso de considerar que se vulneran los derechos de la exvicepresidenta.Además, retomó una idea de Baltasar Garzón y expresó: "Los que realmente queremos la República y el Estado de derecho, nos descuidamos de la Justicia como poder". Según esta perspectiva, la Justicia fue "cooptada por elementos conservadores", un fenómeno que, según el expresidente, no es exclusivo de Argentina.Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.

Fuente: Perfil
10/06/2025 21:00

Paradoja política: a Cristina Kirchner le conviene el fallo en contra de la Corte Suprema

La ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner ya sabía que la Corte Suprema confirmaría su condena en la causa "Vialidad". Ahora pueden acusar de "lawfare" y proscripción al poder judicial, correrse de la disputa con Axel Kicillof en la Provincia, y soñar con el "caso Lula". Leer más

Fuente: La Nación
10/06/2025 20:00

Qué dijo Javier Milei tras conocerse el Fallo de la Corte Suprema

La ratificación de la condena a Cristina Kirchner en la causa Vialidad por parte de la Corte Suprema de Justicia generó un inmediato sismo político, con repercusiones que alcanzaron las más altas esferas del poder. La reacción de Javier Milei no tardó en hacerse oír y se sumó a una gran cantidad de mensajes de funcionarios sobre la decisión judicial.Qué dijo Milei del fallo de la Corte Suprema contra Cristina KirchnerEl presidente Javier Milei utilizó su cuenta en la red social X para pronunciarse de manera escueta pero contundente sobre la decisión del máximo tribunal. "Justicia. Fin.", fue el primer mensaje del mandatario, el cual trasmitió una clara postura de validación del fallo.A modo de postdata, el Presidente amplió su parecer con una crítica directa a quienes habían especulado sobre supuestos acuerdos que lo involucraban: "La República funciona y todos los periodi$ta$ corrupto$, cómplices de político$ mentiro$o$, han quedado expuestos en sus opereta$ sobre el supuesto pacto de impunidad". El jefe de Estado no solo celebró el fallo, sino que también buscó desarticular enfáticamente las versiones que señalaban un presunto entendimiento con sectores del kirchnerismo para garantizar la impunidad de la exvicepresidenta.Qué dijeron los otros miembros del gobierno sobre la decisión de la CorteLa postura presidencial encontró eco inmediato en su círculo más cercano y en figuras relevantes del oficialismo. El vocero presidencial, Manuel Adorni, recurrió a la ironía para referirse a las mismas acusaciones que Milei había desestimado: "Muy extraño resultó el 'pacto de impunidad'", escribió y cerró su posteo con su característico latiguillo "Fin."El ministro de Defensa, Luis Petri, también se sumó a las expresiones y citó el tuit presidencial al que le agregó en una publicación aparte: "El fin de la impunidad, a los corruptos condena! Se alumbra una nueva Argentina con Justicia!".La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, fue otra de las que esgrimió su posición. "Tres instancias, cientos de pruebas y todas las garantías del debido proceso", expresó para explicitar su apoyo a la Corte. "El que las hace, las paga", finalizó.Qué se decidió en la causa Vialidad sobre Cristina KirchnerLa Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso extraordinario presentado por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner y confirmó la sentencia. Esto deja en vigencia la condena a seis años de prisión e inhabilitación a ocupar cargos públicos de por vida a la expresidenta por la causa Vialidad.Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.

Fuente: La Nación
10/06/2025 20:00

Cristina Kirchner, a prisión: el impacto en la prensa internacional del fallo de la Corte Suprema de Justicia

Ante el fallo inédito que condena a la expresidente Cristina Kirchner a seis años de prisión, la noticia no solo causó impacto a nivel nacional sino que tuvo eco en los medios del mundo. Algunos titularon la medida como "histórica", mientras que The New York Times la calificó como "una titán de la política". Entre los diarios de la región, los brasileños O Globo y Folha de S. Pablo anunciaron el fallo de la Justicia y confirmaron que la sentencia "incluye la confiscación de aproximadamente 84 mil millones de pesos"."La decisión del máximo tribunal argentino era esperada", indicó O Globo. Folha mencionó que Cristina Kirchner "transgredió deberes extrapenales, perjudicando los intereses del Estado Nacional".El medio chileno La Tercera también abrió su edición online con el fallo de la Corte Suprema y recalcó que Kirchner es la "figura más fuerte de la oposición al gobierno de Javier Milei", quien "quedará fuera de la carrera electoral y no podrá competir, como era su intención, por una banca en la Legislatura bonaerense el próximo 7 de septiembre". "Se trata de la primera expresidenta en tener una condena por corrupción", agregó.En medio de la conmoción por el atentado contra el candidato presidencial Miguel Uribe Turbay, el diario El Tiempo de Colombia tituló: "Corte Suprema de Argentina toma decisión sobre Cristina Fernández de Kirchner: ratifican condena a 6 años de cárcel". Además se refirieron a la causa como un "escándalo de corrupción".Al otro lado del Río de la Plata, el diario El País de Uruguay, abrió su edición online con la condena y caratuló la decisión como "histórica". "Histórica decisión: Corte Suprema confirmó la condena a Cristina Kirchner a prisión y no podrá ser candidata", tituló el medio charrúa. Luego, afirmó que la condena firme por corrupción "sacude a todo el sistema político" ya que Kirchner es la primera en la historia en recibir este revés judicial. En Europa, el diario español El Mundo también se hizo eco de la noticia y tituló: "Cristina Kirchner, a prisión, confirman la condena de seis años por defraudación al Estado: "'Soy una fusilada que vive'". Además también adelantó que la expresidente presumiblemente cumpliría prisión domiciliaria debido a su edad y catalogó la decisión de la Corte como "esperada".Mientras que el diario El País de España dio un amplio espacio a la causa de Cristina Kirchner y abrió el artículo que informa sobre la sentencia diciendo: "La Corte Suprema de Argentina ha puesto punto final a la carrera política de Cristina Kirchner". Además afirmó que "le quedan pocas cartas" a la líder peronista que augura podría "agitar la bandera de la proscripción" y profundizó sobre el impacto político de la sentencia y la repercusión en la carrera electoral. "El terremoto desencadenado por la Corte rompe el tablero electoral". La cadena inglesa BBC afirmó que Cristina Kirchner, "una figura muy polémica y divisiva en Argentina" irá a prisión domiciliaria tras la ratificación de su condena a seis años. Además, indicó que "El máximo tribunal rechazó el pedido de la Fiscalía de duplicar la pena a 12 años de prisión y agregar el delito de asociación ilícita".En Estados Unidos, los grandes medios The Washington Post y The New York Times pusieron el foco en la caída de una figura central de la política argentina de las últimas dos décadas. "Una titán de la política argentina enfrenta una sentencia a prisión", tituló el diario The New York Times. "Es probable que el fallo profundice las tensiones políticas en el país y se produce después de que Kirchner, que fue blanco de un intento de asesinato hace tres años, anunciara planes para un regreso político", afirmó el diario estadounidense. "Figura clave en la política argentina durante más de tres décadas, Cristina Kirchner sigue siendo una figura divisiva". "La exvicepresidenta argentina Cristina Krichner, declarada culpable de corrupción", titula The Washington Post. El artículo caracteriza a la expresidenta como una figura "prominente y polarizadora en América Latina" y "quizás la política más influyente del país en las últimas dos décadas".La versión digital de Bloomberg, la compañía de asesoría financiera y noticias norteamericana, se refirió a la condena "por fraude" e hizo hincapié en la inhabilitación de Kirchner para "ejercer cargos públicos de por vida". "Los tres jueces de la Corte Suprema de Argentina dictaron sentencia el martes sobre uno de los casos más polarizantes del país".

Fuente: Perfil
10/06/2025 20:00

Javier Milei celebró el fallo de la Corte Suprema contra Cristina Kirchner y atacó a los periodistas

Los tres magistrados rechazaron la apelación de Cristina Kirchner en la causa Vialidad y deberá cumplir seis años de prisión e inhabilitación de por vida. Desde el exterior, el libertario siguió con su gira y se refirió al tema en redes sociales. Leer más

Fuente: La Nación
10/06/2025 19:00

Qué pasó con Cristina Kirchner en la Corte Suprema hoy, martes 10 de junio

La atención del ámbito político y judicial argentino se centró este martes 10 de junio en el Palacio de Tribunales, donde se aguardaba con máxima expectación una definición crucial. Mientras la expresidenta Cristina Kirchner encabezaba una intensa jornada de reuniones en la sede del Partido Justicialista, rodeada de dirigentes y con el fervor de la militancia en las calles, la Corte Suprema de Justicia se disponía a sellar un capítulo determinante para el rumbo político nacional.¿Cuál fue la decisión de la Corte Suprema sobre Cristina Kirchner en la causa Vialidad?La Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso extraordinario presentado por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner y confirmó la sentencia. Esto deja en vigencia la condena a seis años de prisión e inhabilitación a ocupar cargos públicos de por vida a la expresidenta por la causa Vialidad.La deliberación estuvo a cargo de los jueces Horacio Rosatti, presidente del cuerpo, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Según trascendió del máximo tribunal, Rosatti y Rosenkrantz ya habían emitido sus votos previamente, por lo que restaba únicamente el pronunciamiento de Lorenzetti para alcanzar una definición. Para que se produjera un fallo, era necesario el acuerdo de los tres ministros, dado que con dos vacantes en el tribunal de cinco miembros, se requiere un mínimo de tres votos coincidentes. De no haberse alcanzado esta mayoría, se hubiera tenido que recurrir a la convocatoria de conjueces, lo que habría dilatado el pronunciamiento.¿Cuáles eran los escenarios que evaluaba la Corte?Los magistrados del máximo tribunal tenían sobre la mesa principalmente dos caminos. Uno de ellos era rechazar el recurso de queja interpuesto por la defensa de Cristina Kirchner. Esta vía implicaba confirmar la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, sentencia dictada por considerarla culpable de fraude en la contratación de obra pública.La otra alternativa consistía en aceptar el planteo del fiscal Mario Villar, que contaba con el aval del procurador General, Eduardo Casal. Esta opción contemplaba solicitar que se investigara también el delito de asociación ilícita, lo que potencialmente podría haber elevado la pena de la expresidenta a doce años de prisión.La aceleración de los tiempos judicialesLa decisión de la Corte Suprema de abordar y definir el futuro judicial de Cristina Kirchner en la causa Vialidad en esta fecha sorprendió al ámbito judicial. El anuncio de la expresidenta en el canal de noticias C5N, donde expresó su voluntad de presentarse como candidata a legisladora bonaerense en la tercera sección de la provincia pareció actuar como un catalizador, ya que aceleró los plazos y precipitó la convocatoria al acuerdo extraordinario de esta tarde.¿Qué es la "Causa Vialidad"?Se trata de una investigación por presuntas irregularidades y direccionamiento en la adjudicación de contratos de obra pública vial en la provincia de Santa Cruz durante los gobiernos kirchneristas. La expresidenta ya fue condenada en instancias anteriores por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Ahora, la Corte Suprema debía definir si confirmaba o revisaba esa sentencia.¿Qué plantea la defensa de Cristina Kirchner en la Causa Vialidad?La defensa de la expresidenta, encabezada por el abogado Carlos Alberto Beraldi, sostuvo enfáticamente que el proceso judicial en la Causa Vialidad estuvo viciado por numerosas y graves anomalías que, a su entender, invalidarían la condena.Entre los principales cuestionamientos se encuentra la presunta parcialidad de los jueces y fiscales intervinientes. La defensa señaló vínculos de algunos magistrados con el expresidente Mauricio Macri, como participaciones en eventos sociales o visitas a la residencia presidencial, que comprometerían la "absoluta neutralidad y equidistancia" requerida.Otro argumento central es que Cristina Kirchner no poseía atribuciones directas sobre las obras viales en cuestión. Sostienen que el financiamiento corrió por cuenta de Vialidad Nacional, un ente autárquico, y que las licitaciones, adjudicaciones y control de las obras fueron responsabilidad de la provincia de Santa Cruz, que goza de autonomía.Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.

Fuente: La Nación
10/06/2025 19:00

Fallo sobre Cristina Kirchner completo: el texto de la resolución de la Corte Suprema

Los tres jueces de la Corte Suprema de Justicia cerraron la última puerta que le quedaba a la expresidenta Cristina Kirchner para sortear la condena a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua a ejercer cargos públicos. Los siguientes son los fundamentos completos con los que dejaron firme la resolución del juicio del denominado caso Vialidad: "Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de Cristina Elisabet Fernández de Kirchner en la causa Fernández de Kirchner, Cristina Elisabet y otros s/ incidente de recurso extraordinario", para decidir sobre su procedencia."Considerando:"1°) Que la Sala IV de la Cámara Federal de Casación rechazó por unanimidad el recurso de la defensa de Cristina Fernández de Kirchner y, de tal modo, confirmó su condena, en lo que interesa, a la pena de seis (6) años de prisión, inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, accesorias legales y las costas del proceso, por considerarla autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administraciónpública, en el marco de cincuenta y una licitaciones de obra pública en la provincia de Santa Cruz adjudicadas a las sociedades controladas por Lázaro Báez, también condenado en la causa."2°) Que contra esa decisión, la defensa de la nombrada interpuso recurso extraordinario que, al ser denegado, dio origen a este recurso de hecho. En el remedio federal sostiene que se han configurado distintas cuestiones federales."En primer lugar, señala que se han violado los principios de independencia, imparcialidad judicial y el deber de objetividad que rige la actuación del Ministerio Público Fiscal (página 11 de la copia del recurso extraordinario federal). En segundo lugar sostiene que se ha vulnerado el principio acusatorio (página 13 de la copia del recurso extraordinario federal); que se ha transgredido el principio de congruencia (página 15 de la copia del recurso extraordinario); que su derecho de defensa ha sido vulnerado ante la denegatoria de prueba de descargo oportunamente ofrecida (página 18 de la copia del recurso extraordinario federal) y ante la incorporación de prueba de cargo por lectura (página 21 de la copia del recurso extraordinario federal); que se ha violado la cosa juzgada (página 22 de la copia del recurso extraordinario federal); y que se han vulnerado los principios de legalidad, culpabilidad e inocencia (página 24 de la copia del recurso extraordinario federal). Por último, afirma que se presenta un caso de gravedad institucional (página 37 de la copia del recurso extraordinario federal)."3°) Que en el caso concurren diversas razones, reiteradamente expuestas en la jurisprudencia de esta Corte, que obstan a la procedencia del recurso extraordinario y que atañen tanto a los requisitos formales como a los sustanciales de la vía del art. 14 de la ley 48."La apelante no ha cumplido con el requisito de fundamentación autónoma que requiere que el escrito de interposición del recurso extraordinario contenga un relato prolijo de los hechos de la causa de relevancia principal, que permita vincularlos con las cuestiones que se plantean como de naturaleza federal mediante una crítica concreta y razonada de los argumentos en que se basó la sentencia que se impugna (Fallos: 310:2937; 312:389; 323:1261; 328:4605, entre otros), sin que, incluso, valga a tal efecto una nueva crítica general a las líneas principales de la argumentación del pronunciamiento apelado (Fallos: 325:1905; 326:2575, entre otros), pues resulta exigible rebatir todos y cada uno de los argumentos en que el juzgador se apoyó para arribar a las conclusiones de que el apelante se agravia (Fallos: 311:542; 328:4605; 343:1277; 344:81; 345:89, entre otros). No resulta una refutación suficiente, por lo tanto, el solo sostener un criterio interpretativo distinto del seguido en la sentencia recurrida(conf. Fallos: 318:1593; 323:1261; 327:4622; 327:4813; 330:2639, entre otros)."Como consecuencia de lo anterior, y dado que tales deficiencias no pueden ser subsanadas en el recurso de hecho (Fallos: 312:255; 324:1518; 344:81, entre otros), cuando el recurso extraordinario no cumple con el requisito de fundamentación autónoma, la queja debe ser desestimada (Fallos: 312:626; 314:117; 328:795; 329:734; entre otros)."4°) Que en relación con el primero de los agravios reseñados, relativo a la violación de los principios de independencia, imparcialidad judicial y el deber de objetividad que rige la actuación del Ministerio Público Fiscal, se advierten diversas falencias que impiden una comprensión acabada del asunto."En primer lugar, no es posible saber los términos en que fue planteado el agravio ante el tribunal revisor, ya que se remite a escritos anteriores (página 11 del citado escrito), lo que no resulta admisible (Fallos: 311:175; 311:667; 315:325, entre otros). Además, la apelante se ciñe a enunciar hechos y relaciones que, afirma, produjeron las violaciones aludidas. Sin embargo, omite reseñar cuáles han sido los argumentos de los jueces de la causa que a lo largo de este extenso proceso han rechazado sus planteos. En esa línea, solo alude parcialmente a los argumentos del tribunal revisor, sin hacerse cargo de que este ha sustentado su rechazo, también, en aquellos sostenidos con anterioridad por el tribunal de grado (véase, por ejemplo, página 351 de la copia de la sentencia apelada)."Incurre en idéntico defecto al citar los "Principios de Bangalore sobre la conducta judicial" â??los que, sostiene, se han visto vulneradosâ?? toda vez que prescindede vincularlos efectivamente con lo sucedidoen el caso (como ejemplo, no cita, concretamente, cuál o cuáles de esos principios contemplarían los supuestos que denuncia). Ello, sin abrir juicio alguno sobre el valor vinculante que cupiera asignar a ese cuerpo normativo."Por lo demás, la recurrente no demuestra que se haya vulnerado el artículo 18 de la Constitución Nacional en tanto tutela las garantías de todo habitante de la Nación a ser juzgado por el juez natural de la causa, que debe ser imparcial (artículo 33 de la Constitución Nacional; Fallos: 342:2298 y sus citas). En este sentido, la defensa enuncia diversos hechos relativos a conexiones entre los jueces y fiscales o encuentros entre los jueces de la causa y ciertos funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional sin indicar ni una sola circunstancia concreta que permita inferir razonablemente que se ha comprometido la imparcialidad de los jueces en esta causa en concreto. Se trata, en efecto, de meras conjeturas a partir de las cuales se invocan principios genéricos de "independencia, imparcialidad e integridad", sin haber siquiera intentado encuadrarlas en los supuestos específicos de recusación de los magistrados establecidos en el artículo 55 del Código Procesal Penal de la Nación, cuya inconstitucionalidad no fue planteada y que, justamente, tiende a tutelar tales principios relativos a la imparcialidad de los magistrados."Tampoco resulta admisible el argumento relativo a que el a quo se habría apartado de lo resuelto por esta Corte Suprema en el fallo "Llerena" (Fallos: 328:1491) por cuanto en estos autos se verificaría un "temor objetivo de parcialidad". En el caso citado estaba en cuestión la recusación de una jueza que había cumplido el rol de instructora y que, posteriormente, debía sentenciar la causa penal. Para la Corte, la propia actuación de la jueza en el proceso era la que justificaba su desplazamiento. Los jueces que en sus votos concurrentes sostuvieron que la sospecha de parcialidad era causal suficiente de recusación en materia penal, pese a que por ese entonces no se encontraba regulada en las normas procesales aplicables, lo hicieron en virtud de las particulares circunstancias fácticas del caso, dadas por la propia participación previa de la magistrada recusada en las etapas anteriores del proceso (voto conjunto de los jueces Highton de Nolasco y Zaffaroni y voto concurrente del juez Petracchi). Se trata de circunstancias bien distintas de las presentes en autos, pues allí se verificó un temor de parcialidad fundado en causas objetivas, mientras que en autos tal temor es fruto de ideaciones subjetivas no suficientemente justificadas por elementos concretos."Por otra parte, tampoco indica la recurrente la forma en que se habría puesto de manifiesto el temor de parcialidad que procuraba evitar, no bastando para ello el dictado de un fallo adverso a sus intereses. Al respecto, es obvio que no toda discrepancia de lo resuelto revelaría la concreción del temor de parcialidad alegado."Finalmente, cabe destacar que la garantía de imparcialidad no se extiende a los representantes del Ministerio Público Fiscal, órgano independiente del Poder Judicial de la Nación, cuyos integrantes cuentan solamente con el deber de objetividad (artículo 9, inciso d, de la ley 27.148), no exigiéndose que sean imparciales, lo que no podría ser de otra manera, pues se encuentran a cargo del ejercicio de la acción penal pública como parte acusadora. Por consiguiente, la parcialidad del fiscal no vulnera derecho alguno de la defensa. Si por hipótesis se considerara que los fiscales de la causa violaron su deber legal de objetividad, correspondería que el agraviado denunciara tal circunstancia por las vías correspondientes, mas ello no invalidaría el proceso ni las sentencias dictadas por los jueces naturales de la causa, por no demostrarse la vulneración de derecho constitucional alguno (artículo 168, segundo párrafo, del Código Procesal Penal de la Nación)."5°) Que en relación con el agravio caracterizado como "violación del principio acusatorio", la apelante sostiene que el tribunal revisor no le ha dado ninguna respuesta a su planteo. Señala, textualmente, que el tribunal de juicio ha consumado la violación constitucional alegada "al incorporar en su fallo diversas consideraciones de cargo que nunca habían sido planteadas por la parte actora" (página 13 de la copia del recurso extraordinario federal)."La apelación federal, una vez más, no cumple con la autosuficiencia exigida por el artículo 15 de la ley 48. En efecto, tal como sucede con el anterior agravio, la apelante ha remitido sin más a las consideraciones que llevó a la Cámara Federal de Casación Penal en el recurso de esa especialidad (ver página 13, capítulo IV.B.1, de la copia del recurso extraordinario federal), sin explicar cómo sometió ese planteo ante el tribunal revisor, cuál fue su apoyo normativo y cuál sería la relevancia decisiva para la solución del caso. Estas últimas circunstancias son particularmente importantes. Para que una sentencia sea descalificable como acto jurisdiccional válido en los términos de la doctrina de la arbitrariedad por haber omitido el tratamiento de cuestiones planteadas ante los jueces, debe demostrarse que tales cuestiones fueron efectivamente sometidas al tribunal apelado â??en este caso, en el recurso de casaciónâ?? y que ellas, omitidas por la sentencia apelada, eran conducentes; es decir, eran a priori aptas para alterar el resultado del pleito (Fallos: 311:621; 311:1438; 325:2817; 339:1489; 347:594)."Por último, también resulta inatendible el agravio relacionado con la incorporación y valoración de la Actuación AGN N° 730/2016. Más allá del acierto o error de la respuesta otorgada por la cámara, lo cierto es que el remedio federal vuelve a incurrir en falta de autonomía puesto que no demuestra el carácter dirimente de esa cuestión para la solución del caso: incluso si se suprimiesen hipotéticamente las consideraciones asentadas en tal extremo probatorio, la condena hallaría fundamento suficiente en las restantes pruebas de la causa mencionadas en la sentencia."6°) Que la apelante sostiene que se violó el principio de congruencia al haberse introducido "de manera sorpresiva un hecho que nunca había sido descripto ni en la indagatoria de CFK, ni en el auto de procesamiento ni en los requerimientos de elevación a juicio (plan limpiar todo)" (sic, página 15 de la copia del recurso extraordinario federal)."Luego de repasar algunos principios doctrinarios en torno al tema, insiste en que los fiscales "por primera vez hicieron referencia a que CFK [sic] había participado en dos reuniones [â?¦] en las que había ordenado una trama criminal dirigida a: a) pagar la totalidadde los créditos adeudados a las empresas de Báez [â?¦]; b) abandonar las obras en construcción; c) despedir a todo el personal del 'Grupo Austral'; borrar todos los rastros de los delitos cometidos en el período 2003-2015" (página 17 de la copia del recurso extraordinario federal)."En realidad, la Cámara Federal de Casación Penal ya había examinado y rechazado ese agravio (páginas 355/363, 995/1004 y 1302/1308 de la sentencia apelada). Explicó que el tribunal oral había ponderado que "la parte acusadora sostuvo que la base fáctica en todos los casos fue la sustracción de fondos millonarios por medio de la defraudación al Estado Nacional a través de la obra pública vial en la provincia de Santa Cruz; y que la modalidad escogida para la perpetración de los fondos del Tesoro fue adjudicar ilegalmente a las empresas de Lázaro Antonio Báez las licitaciones públicas aquí analizadas" (sic página 359 de la copia de la sentencia apelada)."Indicó, además, que "por la propia dinámica del juicio, podía producirse que la base experimentara alguna modificación, pero que siempre y cuando ello no albergara una mutación sustancial de la base de la imputación no implicaba violación al derecho de defensa" (página 360 de la copia de la sentencia apelada). Agregó que los jueces del tribunal oral "señalaron, correctamente, que resulta natural que la prueba producida, por tamaña imputación, ha permitido la introducción de ciertas consideraciones coyunturales y accesorias develadas durante la sustanciación del juicio, pero precisamente determinadas por el dinamismo propio y los principios que emergen de un proceso contradictorio y de discusión amplia como es el terreno del debate oral. Deesta manera, los sentenciantes enfatizaron que la esenciade la imputación fue lo que no se modificó en un ápice. Que cualquier resignificación histórica o pretensión punitiva a la que hayan incurrido los fiscales de juicio en su alegato de clausura, en tanto y en cuanto se fundaron sobre elementos conocidos por la parte y no produjeron alteraciones al sustrato fáctico, jamás podrían ser configurador de una afectación constitucional como la que se pretende...En otras palabras, a lo largo de todo el trámite de la presente causa, la imputación formulada a los imputados no fue alterada ni modificada. Las defensas de los acusados pudieron conocer en el tiempo procesal oportuno los hechos imputados por los representantes del Ministerio Público Fiscal y, en consecuencia, contaron con plenas facultades para ejercer el derecho de defensa durante todo el trámite de la investigación" (sic, páginas 361/362 de la copia de la sentencia apelada)."Asimismo, el tribunal apelado aludió a la falta de alteración relevante y sustancial de la plataforma fáctica (página 1001 de la copia de la sentencia apelada), a que no se había demostrado, ni se advertía, que la encausada se hubiera visto impedida de "conocer o de defenderse de una acusación que, desde siempre y en esencia, consistió â??y se mantuvo a lo largo de las distintas instancias procesalesâ?? en maniobras defraudatorias llevadas a cabo a través de distintos contratos de obra pública vial en la provincia de Santa Cruz en el período comprendido entre los años 2003 a 2015" (páginas 1002/1003 de la copia de la sentencia apelada) y a que la apelante había omitido "exponer ante esta Alzada cuáles fueron las concretas defensas que se habrían visto impedidas de ejercer, lo que pone en evidencia la ausencia tanto de un perjuicio concreto como de una real situación de indefensión; circunstancia que, en definitiva, es la que resulta relevante y define la suerte negativa del presente agravio" (páginas 1003 y 1302 de la copia de la sentencia apelada)."Estos argumentos de la cámara de casación no han sido refutados. En efecto, la apelante no ha descalificado la idea que de allí se desprende, atinente al dinamismo de un juicio y a la no modificación de la imputación original. Es decir, su afirmación acerca de que el llamado "plan limpiar todo" no fue imputado en etapas previas al juicio oral y público se desentiende de las respuestas reseñadas, de modo que no desvirtúa que se trate de un aspecto accesorio de la imputación formulada."Al respecto, en el remedio federal solo alude a que en la audiencia oral solicitó una ampliación de la declaración indagatoria de Fernández de Kirchner â??pretensión que le fue denegadaâ?? sin hacer referencia alguna a los motivos que fundaron esa denegatoria."Cabe recordar que, de conformidad con la constante jurisprudencia de esta Corte, el principio de congruencia â??que integra la garantía de defensa en juicioâ?? exige que las personas solamente puedan ser condenadas por los hechos que fueron materia de acusación, sin que se realicen mutaciones fácticas o jurídicas que desbaraten la estrategia defensiva "impidiéndole formular sus descargos" (Fallos: 242:234; 329:4634; 337:542). Al respecto, este Tribunal ha establecido reiteradamente que "el proceso penal se integra con una serie de etapas a través de las cuales y en forma progresiva se tiende a poner al juez en condiciones de pronunciar un veredicto de absolución o condena" (Fallos: 306:1705; 326:1149; 345:1421, entre muchos otros). Así entonces, las garantías constitucionales del debido procesoy de la defensa en juicio exigen,por un lado, que la acusación describa con precisión la conducta imputada para que el procesado pueda ejercer en plenitud su derecho de ser oído y producir prueba en su descargo; y, por otro lado, ellas requieren, en virtud del principio de congruencia, que exista correlación entre el hecho que fue objeto de acusación y el que fue considerado en la sentencia (Fallos: 312:2040; 329:4634; 343:902; 345:1421, entre muchos otros)."En definitiva, de lo que se trata es que los procesos respeten las formas sustanciales del juicio relativas a la acusación, defensa, prueba y sentencia, de modo que la sentencia no puede exceder aquellas cuestiones o hechos que fueron sometidos por las partes al conocimiento de los jueces (Fallos: 116:23; 119:284; 214:413; 330:1066; 330:5187). No obstante, la denuncia de la violación a la garantía constitucional enunciada resulta claramente infundada pues, como señaló la Cámara Federal de Casación Penal, la base fáctica por la cual fue condenada la recurrente â??la administración fraudulenta en perjuicio del Estado en las cincuenta y una licitaciones de obra pública adjudicadas a las sociedades controladas por Lázaro Báezâ?? no fue modificada. En efecto, de la lectura integral de la sentencia apelada se desprende que no se consideró que las circunstancias del "plan limpiar todo" hayan sido constitutivas de un nuevo delito o de un nuevo hecho típico en el marco de un delito continuado de defraudación (circunstancia que, como señala la defensa, hubiera permitido la ampliación de la acusación durante el juicio en los términos del artículo 381 del Código Procesal Penal de la Nación). Por el contrario, tales circunstancias solamente fueron empleadas para contextualizar los hechos por los cuales fue condenada la recurrente y para demostrar su participación en tales hechos. Ello es producto del diseño del sistema de enjuiciamiento oral, en el que tanto la acusación como la defensa presentanlas pruebas tendientes a acreditar la verdad de los hechos según su estrategia procesal. En virtud de dicha actividad probatoria pueden hallarse en el juicio circunstancias no tenidas originalmente en cuenta que permiten acreditar o contextualizar los hechos objeto del juicio oral, sin que ello suponga alterar la acusación ni, por ende, violar el derecho de defensa de los imputados. La recurrente no ha acreditado, entonces, que se hubiera modificado la base fáctica del juicio y, por ello, vulnerado el principio de congruencia."7°) Que, a continuación, la recurrente asevera que se ha vulnerado su derecho de defensa al restringirse su posibilidad de producir prueba de descargo, así como también la de controlar las evidencias invocadas para fundar la condena (página 18 y ss. de la copia del recurso extraordinario federal). Indica que los agravios dirigidos a cuestionar que no se hubieran producido determinadas pruebas no recibieron tratamiento alguno por parte del tribunal revisor."Al respecto, el remedio federal tampoco satisface el recaudo de fundamentación autónoma."En primer lugar, no explica el modo en que tal agravio fue sometido a conocimiento del tribunal revisor, limitándose a asegurar que fue "debidamente planteado [â?¦] y no mereció tratamiento alguno" (página 19 de la copia del recurso extraordinario federal). Tampoco procura demostrar la relevancia de aquellas pruebas denegadas a la luz de los razonamientos efectuados en dos instancias a los fines de conformar los hechos imputados."En efecto, la recurrente no explica de qué modo la decisión de los jueces de la causa de sustituir la prueba pericial ofrecida por prueba informativa relativa a la asignación de fondos al fideicomiso creado por el decreto 976/2001 (financiado con la tasa sobre el gasoil y destinado, entre otros fines, al financiamiento de obras viales) le privó de rebatir la acusación, más allá de sostener que la respuesta fue incompleta y sesgada por provenir de órganos del Poder Ejecutivo Nacional, constituido como parte querellante en la causa. Al respecto, la defensa omite evidenciar siquiera un indicio sobre qué información relevante habría sido omitida y explicar cómo presentó tal planteo ante el tribunal oral y, luego, ante el a quo."Por lo demás, cabe destacar que el magistrado preopinante del tribunal a quo sostuvo que "las defensas pretendieron circunscribir a lo largo del debate toda la discusión vinculada al perjuicio económico de la maniobra fraudulenta, como si el sobreprecio fuese el único ítem determinante para la verificación de la defraudación juzgada. Al momento de citar a las partes a juicio de conformidad con las previsiones del art. 354 del Código Procesal Penal de la Nación, las defensas solicitaron una multiplicidad de estudios periciales de prácticamente todas las especialidades posibles, incluyendo la pretensión de someter a estudios técnicos la evolución patrimonial de los principales accionistas de todas y cada una de las empresas constructoras que resultaron adjudicatarias de obra pública vial, en cualquier lugar del territorio nacional, para el período comprendido entre los años 2003 a 2015. Para satisfacer las inquietudes de las defensas, el 3 de septiembre de 2018 y al momento de definir la admisibilidad de las pruebas propuestas, el [tribunal oral] optó por ordenar un estudio pericial por sobre un muestreo de las obras viales investigadas y así conciliar los intereses de ambas partes" (páginas 621/622 de la sentencia apelada). Agregó que "[l]a selección del muestreo no fue arbitraria ni antojadiza como pretenden las defensas, sino que, como razonablemente fue descripto en la sentencia recurrida, las primeras tres se escogieron específicamente en razón de que en el año 2016 habían sido rescindidas, auditadas y nuevamente licitadas, de forma tal que a su respecto existían una serie de valoraciones de carácter económico, que fueron oportunamente volcadas en los requerimientos de elevación a juicio, y que resultaban útiles como parámetros de comparación. Las obras restantes fueron seleccionadas porque, del resto de rutas objetadas, constituían las obras viales de mayor envergadura presupuestaria, lo que permitiría un análisis más profundo y fructífero de la temática a dilucidar" (página 623 de la sentencia apelada)."A ello se suma lo dicho por el tribunal a quo en cuanto a que "el método de muestreo permitió 'obtener información fiable del hecho global a partir de una muestra de la que extraer inferencias con un margen de error medido en términos de probabilidades, en consonancia con principios propios del proceso penal como los de economía procesal y de idoneidad de la prueba que impidan dilatarlo excesivamente con la producción de evidencia innecesaria y superabundante'. Las defensas cuestionaron las valoraciones efectuadas en la sentencia en relación a la referida labor pericial, destacando que el cuerpo de peritos no pudo acordar un método de trabajo y sus conclusiones no pueden ser consideradas con un valor de verdad. En tal sentido la defensa de Fernández de Kirchner planteó que se violaron las pautas establecidas en el art. 262 del C.P.P.N. Ahora bien, contrario a lo afirmado por las defensas, se advierte que en la sentencia se efectuó un análisis detallado de las conclusiones de cada uno de los profesionales intervinientes, sus explicaciones brindadas en la audiencia de juicio, como así también las principales críticas realizadas" (página 624 de la copia de la sentencia apelada, asimismo, página 1452). Tal fundamentación tampoco ha merecido una crítica concreta y razonada por parte de la recurrente."Por lo demás, cabe destacar que en autos se efectuó un peritaje sobre cinco de las cincuenta y una licitaciones de obra pública y que, aunada con la restante prueba producida en el juicio, llevó a los tribunales inferiores a dar por comprobadas numerosas irregularidades relativas a sobreprecios sustanciales, ampliaciones de plazos, tratamiento preferencial en los pagos anticipados, anticipos financieros, cobros inmediatos de las certificaciones por movilización de obra y ampliaciones de obra, todas circunstancias consideradas por los tribunales de la causa como arbitrarias e injustificadas. Ellas fueron minuciosamente descriptas por los jueces intervinientes y no fueron desvirtuadas por la defensa."Por otro lado, a partir de la metodología empleada en el peritaje oficial sobre las obras públicas analizadas (consistente en comparaciones de los precios con otras ofertas en las licitaciones y en la aplicación de índices de actualización), el tribunal oral analizó y dio por probado que se verificaban análogas irregularidades en numerosos rubros de las obras públicas analizadas."Esta metodología fue convalidada por la Cámara Federal de Casación Penal. Nuevamente, la defensa no ha puesto de manifiesto de qué modo sería arbitraria la aplicación de ese criterio metodológico, el que no se revela como caprichoso o irrazonable, más allá de discrepar de tal metodología y sin siquiera refutar la efectiva constatación de sobreprecios en tres de las cinco obras públicas peritadas, lo que bastaría para considerar que la maniobra juzgada era típica."8°) Que el siguiente agravio pretendidamente federal sometido a esta Corte consiste en la alegada violación al principio denominado "igualdad de armas". Al respecto, la defensa señala que se opuso a la incorporación por lectura de la prueba consistente en los "presuntos mensajes de texto extraídos de un teléfono celular atribuido a José López, de los que da cuenta un informe pericial realizado en la causa [â?¦] en la cual esta defensa jamás intervino y, por ende, no pudo controlar su legalidad". Afirma que si se "suprime mentalmente la prueba cuestionada [â?¦] es imposible reconstruir la conducta asignada a nuestra defendida en el denominado plan limpiar todo"."Una vez más, la apelante omite cumplir con el requisito de la fundamentación autónoma, ya que no se hace cargo de los argumentos del tribunal revisor a los fines de procurar refutarlos. En efecto, el primero de los votos (páginas 370 y ss. de la copia de la sentencia apelada) â??razonamiento que fue expresamente acompañado por los dos votos restantes (páginas 1020 y ss. y 1315 y ss. de la copia de la sentencia apelada)â?? señaló que las defensas "no logran demostrar el perjuicio concreto que el tratamiento de la presente cuestión le causó, ni el interés jurídico específico que tiene esa parte en la declaración de nulidad pretendida; máxime teniendo en cuenta que [â?¦] no objetan ninguna circunstancia en particular del procedimiento llevado a cabo, ni tampoco la licitud de su contenido, más allá de la circunstancia relativa a que fue aceptada por el Tribunal sentenciante la incorporación de la requerida prueba conforme los parámetros previstos en la norma. En este marco de análisis y de acuerdo a los motivos de agravio presentados por las defensas, cabe recordar, c[o]mo fue dicho, que la declaración de nulidad procesal requiere un perjuicio concreto para alguna de las partes, pues no procede su declaración en el sólo interés del formal cumplimiento de la ley (Fallos: 298:312), resultando inaceptable en el ámbito del derecho procesal la declaración de la nulidad por la nulidad misma (Fallos: 322:507). En el caso, los recurrentes no logran demostrar â??ni se advierteâ?? cuál es el perjuicio concreto que les causó el hecho de que se haya incorporado a juicio parte de la prueba solicitada por los representantes del Ministerio Público Fiscal, más aún cuando se encuentra justificada la decisión del 'a quo' conformea lo establecido en los arts. 382, 391 y 392 del C.P.P.N."."Asimismo, la Cámara Federal de Casación Penal explicó detalladamente las razones por las cuales debía descartarse que la incorporación de la prueba se hubieraproducido de forma subrepticia para las partes para evitar su contralor, para concluir afirmando que ellas fueron "fehacientemente notificadas acerca de su incorporación en autos, y que también fueron expresamente convocad[a]s a concurrir a su compulsa para garantizar la igualdad de armas y el pleno acceso a la totalidad de la prueba incorporada" seis meses antes de su incorporación por lectura (páginas 377 y 379 de la copia de la sentencia apelada), sin que este argumento haya sido refutado, siquiera mínimamente."9°) Que la defensa sostiene, también, que se ha violado la cosa juzgada, ya que la mayoría de las obras que se han investigado a lo largo de este proceso ya habían sido "evaluadas por la justicia de la provincia de Santa Cruz, la cual descartó su ilicitud". Enfatiza que "las decisiones emitidas por la justicia de Santa Cruz tienen idéntico valor que las que puedan ser dictadas por la justicia de excepción a la hora de evaluar la extensión de la garantía en estudio" (página 23 de la copia del recurso extraordinario federal) y afirma que la respuesta brindada"no se corresponde con las actuales constancias de la causa ni con el derecho federal invocado (página 23 de la copia del recurso extraordinario federal)."Reseñada la fundamentación de la apelante, se advierte que ella tampoco satisface el requisito de la autosuficiencia. En efecto, la defensa ciñe su planteo a una somera descripción de la cuestión que pretende someter a conocimiento de esta Corte y a la reiteración de los argumentos desarrollados alo largo del pleito, desentendiéndose así de las consideraciones formuladas por el tribunal revisor."Al respecto, la Cámara Federal de Casación Penal examinó el agravio y sostuvo, luego de resumir los razonamientos esgrimidos por los sentenciantes, que el planteo no era novedoso ya que había sido efectuado â??y rechazadoâ?? varias veces a lo largo del proceso (entre ellas, la intervención de este Tribunal en Fallos: 345:440), para concluir en que no advertía que se hubiera producido la violación constitucional denunciada (páginas 341/350, 1006/1009 y 1295/1299 de la copia de la sentencia apelada)."En efecto, en una de las sentencias dictada por esta Corte Suprema en autos â??publicada en Fallos: 345:440â??, se recordó que las garantías constitucionales de la cosa juzgada y del ne bis in idem (prohibición de la persecución penal múltiple) se encuentran íntimamente relacionadas ("Videla", Fallos: 326:2805, considerando 12, voto del juez Maqueda) y que se ha basado la garantía de la cosa juzgada en dos fundamentos: "lograr la plena efectividad de la prohibición de la doble persecución penal" y conformar "uno de los principios esenciales en que se funda la seguridad jurídica"(Fallos: 308:84; 315:2680, entre otros). En esta línea, se señaló que "en lo que respecta a la garantía del ne bis in idem, esta Corte ha establecido que 'su violación debe entenderse configurada cuando concurran [â?¦] las tres identidades clásicas, a saber, eadem persona (identidad de la persona perseguida), eadem res (identidad de objeto de persecución) y eadem causa petendi (identidad de la causa de persecución)' ('Videla', Fallos: 326:2805, considerando 8°). Tales recaudos típicos encuentran su razón de ser en que la garantía se dirige a respetar 'al individuo que ya ha sufrido la persecución del Estado contra la reiteración del ejercicio de la pretensión punitiva [â?¦]' ya sea en un proceso concluido o en trámite ('Videla', Fallos: 326:2805, considerando 11°; en igual sentido, doctrina de Fallos: 314:377; 327:4916; 330:1016, 2265 y 4928). En la misma línea, se ha dicho que 'el fundamento material de la regla non bis in idem es que no es posible permitir al Estado, 'con todos sus recursos y poder, lleve a cabo esfuerzos repetidos para condenar a un individuo por un supuesto delito, sometiéndolo así a molestias, gastos y sufrimientos, y obligándolo a vivir en un continuo estado de ansiedad e inseguridad, y a aumentar, también, la posibilidad de que, aun siendo inocente, sea hallado culpable' ('Videla', Fallos: 326:2805, voto del juez Maqueda, considerando 12)"."Así entonces, se destacó en esa oportunidad que "esta Corte siempre exigió el requisito de identidad de personas para que opere la excepción de la cosa juzgada, en consonancia con los límites del poder de los jueces para tomar decisiones en el marco de un proceso, decisiones cuyos efectos naturalmente se circunscriben a las partes de aquel. Así, por ejemplo, en procesos no penales el Tribunal también ha exigido la triple identidad subjetiva, objetiva y de causa (Fallos: 116:220; 137:175; 169:330; 310:1449; 328:3299).""En este orden, este Tribunal sostuvo que la operatividad de la cosa juzgada "requiere también identidad subjetiva o, puesto en otras palabras, que la misma persona esté involucrada en ambos procesos penales. [â?¦] En dirección contraria a esta línea jurisprudencial, la recurrente intenta extender a su favor los efectos de lo resuelto en sede local en procesos penales en los que â??como ella misma reconoceâ?? no fue parte, para evitar un futuro pronunciamiento en este juicio, pero no aporta razón legal alguna para justificar que en el marco de nuestro Estado de Derecho se le confiera a aquellos jueces locales el poder de decidir penalmente con efectos 'erga omnes' como postula la recurrente". Ante ello, la recurrente insistió con un planteo análogo al presentado anteriormente en la causa y que resulta claramente deficiente, pues no demostró haber sido parte de los procesos judiciales tramitados por ante los jueces provinciales de Santa Cruz que cita para justificar la pretendida violación de la cosa juzgada. En consecuencia, el planteo es inadmisible."A ello se suma el hecho de que la defensa tampoco logró superar el déficit de fundamentación señalado por este Tribunal en el considerando 20 del precedente de Fallos: 345:440: "la recurrente no ha demostrado que se verifique en el caso el requisito de identidad de objeto entre estos autos y los procesos tramitados en la provincia de Santa Cruz. En efecto, más allá de su discrepancia con el rechazo resuelto, la defensa no logró poner en evidencia la identidad de objeto procesal y que su posición no entrañara otra cosa que la mera aserción dogmática de una determinada solución que no se ve acompañada de una reseña autosuficiente y acabada de las constancias de la causa. Este déficit resulta especialmente relevante si se atiende a que en el presente caso, tal como refiere la propia recurrente, se investiga â??además de la existencia de una asociación ilícita cuya imputación es ajena a la incidencia en tratoâ?? la presunta defraudación a la administración pública nacional que habrían cometido distintos funcionarios federales, junto con otras personas imputadas. Sin describir los términos de la hipótesis delictiva de aquellas causas, la recurrente falla absolutamente en demostrar la identidad de objeto entre los procesos locales y el presente; máxime cuando se pretende hacer valer resoluciones dictadas por jueces provinciales respecto de la actuación de funcionarios incuestionablemente federales que habrían afectado de manera directa las arcas nacionales. En efecto, la defensa no explica mínimamente cómo aquellas resoluciones dictadas por jueces locales efectivamente alcanzaron o estuvieron en condiciones jurídicas de alcanzar a funcionarios federales.""Asimismo, ante el argumento de la defensa relativo a que en la justicia provincial de Santa Cruz ya se había desestimado una denuncia por el delito de administración fraudulenta y que se trataría de un delito continuado, por lo que a su criterio no podía investigarse nuevamente, esta Corte sostuvo que el planteo había omitido toda explicación tendiente a demostrar que en el caso no se verificara el supuesto analizado en el precedente CSJ 1600/2005 (41-L)/CS1, "Luzzi, Roberto Julio s/ defraudación- causa n° 116169/00", sentencia del 8 de mayo de 2007. "Allí, el Tribunal sostuvo que por 'más esfuerzos argumentales que se hagan, hay una cosa cierta: una administración â??más allá de la unidad que pueda o no conformar a los fines de su estatuto legal o la calificación penalâ?? es una suma de hechos y actos jurídicos perfectamente diferenciados, determinados, independientes y susceptibles de ser separados. No se advierte, entonces, cómo el discrimen liberatorio de alguno de esos hechos pueda arrastrar necesariamente a todos los demás, sin importar si éstos son o no son delictivos. Por eso no resulta posible, como insinúa la parte, asimilar este caso a aquellos delitos que describen un acto humano que, aunque tal vez complejo, sea único e indivisible en cuanto a su significación y sentido, completud y teleología: dañar, matar, robar. Es contradictorio hablar de una unidad formada por distintos actos â??unidad conceptual, jurídica si se quiere, y de alguna manera, artificialâ?? y luego propugnar la inseparabilidad de estos actos. [â?¦] Justamente, porque son varias acciones distinguibles, no se ve cómo el hecho de separar algunos y procesar por otros afectaría el principio del doble juzgamiento'. Finalmente, en el recurso extraordinario no se ha explicado, siquiera mínimamente, de qué modo la tramitación de los presentes actuados afectaría la seguridad jurídica que la cosa juzgada también busca proteger, ante los términos en los que fueron desestimadas las denuncias tramitadas en el fuero provincial santacruceño" (Fallos: 345:440). Nada agrega la recurrente en esta oportunidad que desvirtúe tales observaciones, por lo que el déficit de fundamentación se evidencia como inequívocamente grave, lo que impone la desestimación del agravio."Que, por último, la defensa plantea la arbitrariedad de lo resuelto en relación con la tipicidad de la conducta, tanto en lo que respecta a la imputación objetiva como a la acreditación del aspecto subjetivo exigido por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública."Asevera que en el recurso de casación efectuó "una crítica minuciosa sobre los fundamentos desarrollados en la sentencia del TOF N°2, demostrando la existencia de un caso claro de arbitrariedad" (página 24 de la copia del recurso extraordinario federal). Empero, añade, al confirmar el fallo el tribunal revisor "convalidó las afirmaciones arbitrarias [â?¦] sin dar respuesta específica a los reclamos oportunamente formulados" (página 24 de la copia del recurso extraordinario federal)."Como ya se ha destacado en relación con los agravios anteriores, el remedio federal no satisface el requisito de la fundamentación autónoma. De la transcripción recién efectuada se advierte que la apelante alude a escritos anteriores, técnica que impide dar por conformada la exigencia aludida."En tal sentido, al reprocharle al tribunal revisor el no haber dado "una respuesta específica a los reclamos oportunamente formulados" (página 24 de la copia del recurso extraordinario federal), era central conocer los términos en que fueron formulados. Lo señalado cobra especial relevancia cuando es el propio tribunal revisor el que sostuvo que "lo señalado por la defensa en esta instancia no es más que una reedición de todo aquello que fue oportuna y fundadamente descartado por el 'a quo'" (página 695 de la copia de la sentencia apelada), y nada de eso ha sido eficazmente desvirtuado por la apelante."Es más, el remedio federal no identifica en ningún momento cuáles fueron los argumentos relevantes para la solución del caso cuyo abordaje y respuesta habría sido omitido por el tribunal revisor."Por el contrario, se advierten aspectos de las conclusiones de los jueces de la causa, pertinentes para la solución del caso, que han sido soslayados por la defensa. En ese sentido, ha de destacarse la naturaleza del patrimonio del fideicomiso creado por el decreto 976/2001 y su finalidad (página 700 de la copia de la sentencia apelada), así como también el rol que los entes autárquicos o descentralizados ocupan dentro de la estructura estatal (página 701 de la copia de la sentencia apelada) o la responsabilidad del fiduciante en torno a los fondos del mencionado fideicomiso (página 703 de la copia de la sentencia apelada)."Sin perjuicio de ello, los reclamos de la defensa llevan a examinar cuestiones â??de hecho y prueba en muchos casos, ajenas por su materia a la competencia apelada extraordinaria de esta Corte Suprema en los términos del artículo 14 de la ley 48, salvo que medie un supuesto de arbitrariedadâ?? tales como el contexto dentro del cual se ejecutó la maniobra que fue juzgada, las relaciones personales y comerciales que unían a Fernández de Kirchner con Lázaro Báez, las implicancias en torno al dictado y efectos del decreto 54/2009 (páginas 1057/1059 de la copia de la sentencia apelada), las advertencias emitidas por los servicios jurídicos en relación con su dictado y la valoración del contenido de los mensajes extraídos el celular de José López, entre otros. En particular, la decisión apelada aludió a que Lázaro Báez por intermedio de sociedades por él controladas, efectuó contratos de locación y gerenciamiento con sociedades de titularidad de la familia Kirchner que explotaban hoteles, además de haber realizado otros negocios inmobiliarios (páginas 643/656, 1053y 1078/1079 de la copia de la sentencia apelada). Esas relaciones no fueron cuestionadas por la defensa en manera alguna, más allá de alegar que los actos comerciales señalados fueron "totalmente lícitos y se celebraron a precios de mercado" (página 36 de la copia del recurso extraordinario federal), lo que resta toda eficacia a su planteo."Esas circunstancias, valoradas ya por dos instancias judiciales, llevaron a la conclusión de que esa decisión presidencial "relegó la ventaja económica para la administración pública por la ventaja económica para los intereses particulares a la postre beneficiados" (páginas 707 y 708 de la copia de la sentencia apelada), y de que "Fernández de Kirchner se representó los elementos objetivos del tipo al momento de dar comienzo a la acción típica y que previó la realización de estos y, por tanto, la producción del resultado. Asimismo, se pudo acreditar que la encausada quiso que el resultado delictivo sea una consecuencia de su propia acción y tuvo, además, el ánimo de lucro requerido por el tipo" (páginas 711, 1053 y 1062 de la copia de la sentencia apelada)."En este sentido, el argumento de la defensa basado en la competencia de terceras personas en el asunto â??entre ellas, el jefe de gabinete de ministros de la Nación y los restantes funcionarios nacionales y provinciales que intervinieron en los hechosâ?? se desentiende del fundamento desarrollado por los jueces de la causa en torno a la modificación implementada por el decreto 54/2009 y la indisputada competencia y responsabilidad de la encausada en la emisión del mismo. Además, omite rebatir las demás circunstancias ponderadas por el a quo respecto de la intervención personal de la recurrente en los hechos, en particular, el beneficio económico obtenido."El discurso reiterativo de la apelante â??por ejemplo, el tribunal revisor sostuvo que "lo señalado por la defensa en esta instancia no es más que una reedición de todo aquello que fue oportuna y fundadamente descartado por el 'a quo'" (página 695 de la copia de la sentencia apelada)â?? sólo evidencia su desacuerdo con el pronunciamiento atacado, sin llevar a cabo una efectiva refutación de los argumentos sostenidos en la sentencia apelada."No es ocioso recordar que la doctrina de la arbitrariedad es de carácter excepcional y no tiende a sustituir a los jueces de la causa en cuestiones que les son privativas, ni corregir en tercera instancia fallos equivocados o que se reputen tales (Fallos: 215:199; 229:799; 324:4321; 325:3265; 330:1503; 343:919, entre muchísimos otros)."Que, por último, resulta igualmente manifiesta la falta de fundamentación suficiente en torno a la configuración de un caso de gravedad institucional. En efecto, más allá de las consideraciones formuladas en Fallos: 345:430 y sus citas, lo cierto es que la apelante persigue esa declaración a partir de dos circunstancias."La primera de ellas, relacionada con sus agravios vinculados con la violación de los principios de independencia e imparcialidad judicial. Esos planteos ignoran lo afirmado por el a quo, en torno a que a lo largo de este proceso "intervinieron al menos â??entre magistrados y fiscales de todas las instancias: Instrucción, Cámara Federal, Tribunal Oral Federal, Cámara Federal de Casación Penal y Corte Suprema de Justicia de la Naciónâ?? más de 20 funcionarios, muchos de los cuales fueron designados durante la gestión de la recurrente como Presidenta de la Nación. La conspiración planteada requeriría la connivencia de una amalgamade sujetos de diverso origen y responsabilidad con el único fin de involucrar a la nombrada y los diversos funcionarios que la acompañaron durante sus años frente a la Presidencia de la Nación, en los comprobados e inusitados hechos de corrupción en la obra pública, circunstancia que [â?¦] resulta por completo inverosímil ante el gran caudal de prueba acumulada" (página 354 de la sentencia apelada)."En cuanto a la restante circunstancia en la que la apelante funda su pretensión â??que la conclusión a la que arribaron los tribunales de grado determina un "criterio de imputación ilimitado" (página 38 de la copia del recurso extraordinario federal)â?? ella no se desprende de los términos de la sentencia apelada, pues se enunciaron elementos probatorios concretos â??de circunstancias objetivas y subjetivasâ?? que justifican la conclusión a la que arribaron los jueces de la causa.Que, en tales condiciones, no se ha demostrado mínimamente la conformación de alguno de los supuestos habilitantes de la competencia extraordinaria de esta Corte.Que, en definitiva, las sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida - valorada de conformidad con las reglas de la sana crítica (artículo 398 del Código Procesal Penal de la Nación) - y en el Código Penal sancionado por el Congreso, sin que se haya demostrado en modo alguno que la decisión apelada no constituya una derivación razonada del derecho vigente de conformidad con las circunstancias particulares comprobadas en la causa, ni que durante el proceso se haya vulnerado alguna garantía constitucional. El debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley."Las sanciones aplicadas son las que determina el ordenamiento jurídico vigente. La imposición de las penas de prisión e inhabilitación no hace otra cosa que tutelar nuestro sistema republicano y democrático según las leyes penales dictadas por los representantes del pueblo en el Congreso de la Nación (art. 174, último párrafo, del Código Penal, texto según ley 25.602)."Por ello, se desestima la queja. Intímese a la recurrente a que, dentro del quinto día de notificada, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a disposición del Tribunal, bajo apercibimiento de ejecución. Notifíquese y, oportunamente, archívese".

Fuente: La Nación
10/06/2025 19:00

Galperin celebró el fallo de la Corte Suprema contra Cristina Kirchner

Marcos Galperin, fundador y Executive Chairman de Mercado Libre, celebró hoy el fallo de la Corte Suprema que confirmó la condena contra la expresidenta Cristina Kirchner por la causa Vialidad.gracias.— Marcos Galperin (@marcos_galperin) June 10, 2025Galperin le agradeció en X al extitular de Vialidad durante la presidencia de Mauricio Macri, Javier Iguacel, quien presentó la denuncia ante la Justicia por direccionamiento de la obra pública de Santa Cruz hacia el empresario kirchnerista Lázaro Báez.La Corte Suprema confirmó este martes la condena a la expresidenta a seis años de prisión e inhabilitación perpetua a ejercer cargos públicos por fraude al Estado, rechazando la queja presentada por la líder del peronismo ante el tribunal superior.Al rechazar el recurso de queja presentado por Cristina, los jueces de la Corte Suprema dejaron firme la condena de un tribunal oral en 2022 y confirmaron el rechazo a la apelación de la exvicepresidenta dispuesto por la Cámara Federal de Casación Penal que había mantenido el veredicto de culpabilidad.Cristina, de 72 años, que ocupó dos veces la presidencia entre 2007 a 2015 y fue vicepresidenta de 2019 a 2023, fue condenada en un caso conocido como "Vialidad", en el que se la acusaba de favorecer al empresario Lázaro Báez al otorgarle proyectos de obras públicas en la Patagonia."Se desestima la queja", indicó el fallo de la Corte Suprema, en referencia al recurso presentado por Cristina. "La imposición de las penas de prisión e inhabilitación no hace otra cosa que tutelar nuestro sistema republicano y democrático según las leyes penales dictadas por los representantes del pueblo en el Congreso de la Nación", agregó.Por ser mayor de 70 años, un tribunal inferior decidirá si le otorga el beneficio del arresto domiciliario. Cristina, quien ha negado los cargos, dice ser víctima de persecución política, días después de anunciar sus planes para postularse a diputada en las elecciones legislativas de septiembre en un distrito clave de la provincia de Buenos Aires por la cantidad de votantes y por ser un bastión del peronismo.Se espera que el fallo una a los peronistas, la oposición más fuerte a Milei, que tras la derrota en las presidenciales del 2023 ha mostrado fracturas internas que pueden favorecer al Gobierno en los comicios.Justicia.Fin.PD: la República funciona y todos los periodi$ta$ corrupto$, cómplices de político$ mentiro$o$, han quedado expuesto en sus opereta$ sobre el supuesto pacto de impunidad.— Javier Milei (@JMilei) June 10, 2025"La República funciona y todos los periodi$ta$ corrupto$, cómplices de político$ mentiro$o$, han quedado expuestos en sus opereta$ (operaciones) sobre el supuesto pacto de impunidad", dijo Milei, en su cuenta de X.Ante las noticias de un fallo inminente, decenas de militantes y legisladores se reunieron desde la mañana en la sede del Partido Justicialista (peronista) en el centro de Buenos Aires, donde estaba Cristina, mientras algunos gremios y seguidores cortaban varias autopistas.Noticia en desarrollo

Fuente: La Nación
10/06/2025 19:00

¿Puede un tribunal internacional revocar la condena de la Corte Suprema a Cristina Kirchner?

Luego de que la Corte Suprema de Justicia confirmara la condena contra Cristina Kirchner por fraude en la causa Vialidad, el foco cambió hacia el plano internacional, donde la expresidenta ya advirtió que acudiría para denunciar una maniobra de lawfare â??guerra judicial con intencionalidad políticaâ??.Consultado por LA NACION, el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez explicó que, una vez agotados los recursos de jurisdicción interna, una persona puede acudir al sistema americano â??regido por la Convención Americana sobre Derechos Humanosâ?? o al sistema universal â??basado en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticosâ??. "En ambos sistemas, el plazo es de seis meses para interponer la denuncia y se debe demostrar que se han violado alguno de los derechos que están en la Convención o en el Pacto", señaló.En el sistema interamericano, el trámite comienza ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que le da traslado al Estado argentino. Si considera que hubo una violación, puede emitir un informe con recomendaciones o, si el caso es considerado grave, elevarlo a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. "Ahí sí tramita un juicio trasnacional, que termina con una sentencia", indicó Gil Domínguez. Aclaró, sin embargo, que "el trámite es largo y la persona, a menos que exista una medida cautelar, queda detenida o cumple la condena hasta que se resuelva el proceso trasnacional".En la misma línea se expresó el constitucionalista Andrés Gil Hernández, autor del libro "La Constitución y el combate a la corrupción", junto a Diego Valadés, quien subrayó que "Argentina ha suscripto la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, donde se consagran derechos que deben ser respetados por los Estados".Resaltó entonces que la situación se da en el marco del derecho internacional de los Derechos Humanos, que fue incorporado con jerarquía constitucional en la reforma de 1994, especialmente en el artículo 75 inciso 22.Gil Hernández recordó que el país integra el sistema regional de Derechos Humanos y explicó que, como parte del control de convencionalidad, "se puede recurrir primero ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y, si así lo resuelve la Comisión, puede intervenir posteriormente la Corte Interamericana de Derechos Humanos". Asimismo, aclaró que "no se pueden establecer plazos ni anticipar qué ocurriría en este caso concreto frente al fallo ya producido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación".En conclusión, los mecanismos para que un tribunal internacional pueda revocar la condena de la Corte Suprema a Cristina Kirchner existen, pero están sujetos a un largo recorrido procesal. Y si bien un fallo adverso en un tribunal internacional puede derivar en recomendaciones o condenas al Estado, no se trata de una apelación automática ni directa que suspenda los efectos de una sentencia firme dictada por la Corte Suprema.

Fuente: La Nación
10/06/2025 19:00

El Pro, la Coalición Cívica y el oficialismo destacaron el fallo de la Corte Suprema que condenó a Cristina

Luego de darse a conocer el fallo de la Corte Suprema de Justicia que confirmó la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua a ocupar cargos públicos contra Cristina Kirchner en la causa Vialidad distintos sectores de la dirigencia política, entre ellos, el oficialismo, el PRO y la Coalición Cívica, entre otros, destacaron la resolución de la Justicia. "Este fallo no es revancha ni persecución, es Justicia. Y es también un mensaje, para el presente y para el futuro, para los que gobiernan hoy y para los que aspiran a gobernar mañana: la corrupción tiene consecuencias y la impunidad es una ilusión de la soberbia de los poderosos", comenzó el diputado de la Coalición Cívica, Maximiliano Ferraro a través de un mensaje de X. Este fallo no es revancha ni persecución, es Justicia. Y es también un mensaje, para el presente y para el futuro, para los que gobiernan hoy y para los que aspiran a gobernar mañana: la corrupción tiene consecuencias y la impunidad es una ilusión de la soberbia de los poderosos.â?¦— maxi ferraro ð???ï¸? (@maxiferraro) June 10, 2025"Se cierra este sucio capítulo de nuestra historia. Un capítulo que desde la Coalición Cívica denunciamos cuando nadie quería escuchar, que investigamos cuando era incómodo, y que llevamos adelante con la convicción de que en Argentina no hay lugar para la impunidad", aseguró el legislador, quien luego destacó el accionar de Elisa Carrió, Paula Oliveto y Mariana Zuvic, de haber llevado adelante distintas denuncias en el marco de la causa Vialidad. "La República necesita ejemplos, y hoy hay uno. Que esta condena sea el principio de una nueva ética y un contrato moral compartido: en Argentina no hay poder suficiente para estar por encima de la ley. Que esta noticia renueve la esperanza de los honestos de nuestro país, a quienes creen que vivir con principios y valores firmes vale más que cualquier fortuna. A la gran mayoría de argentinos que no se desvían y prefieren caminar con la conciencia limpia", resaltó luego. Muy extraño resultó el "pacto de impunidad".Fin.— Manuel Adorni (@madorni) June 10, 2025En esa misma línea, se expresó la diputada de Pro María Eugenia Vidal, quien celebró la resolución de la Corte. "Nos contaron la plata en la cara, revolearon bolsos, compraron estancias, departamentos y hoteles. Se la afanaron toda. Nos querían hacer creer que era persecución, pero es Justicia. La impunidad se termina. Nadie es intocable", apuntó la exgobernadora. En tanto, desde el partido amarillo también replicaron un escueto mensaje con el que resaltaron el reciente fallo. "Sentencia confirmada. Justicia demostrada", manifestaron. ð??¦ð??· Qué lindo día para ser argentino! pic.twitter.com/Kii9bZ0LYt— Jóvenes PRO (@JProArg) June 10, 2025Minutos después de darse a conocer la condena, el presidente Javier Milei dijo que hubo "justicia" y apuntó contra "periodistas, corruptos, cómplices de políticos y mentirosos" que forman parte de "un pacto de impunidad".El mandatario criticó a aquellos que sostenían que había un pacto entre La Libertad Avanza y el kirchnerismo para que Cristina Kirchner no vaya a prisión. Tras ello, el vocero presidencial, Manuel Adorni, se expresó en sintonía. "Muy extraño resultó el 'pacto de impunidad'", ironizó el funcionario.Nos contaron la plata en la cara, revolearon bolsos, compraron estancias, departamentos y hoteles. Se la afanaron toda.Nos querían hacer creer que era persecución, pero es JUSTICIA. La impunidad se termina. Nadie es intocable. pic.twitter.com/sJbQdEkzHr— María Eugenia Vidal (@mariuvidal) June 10, 2025Por su parte, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, apuntó: "Cristina Kirchner, condenada por corrupción. Tres instancias, cientos de pruebas y todas las garantías del debido proceso. Hubo justicia. El que las hace, las paga".Hoy ganó la República. Los liberales seguimos firmes: menos relato, más justicia y LIBERTAD.— Ramiro Marra (@RAMIROMARRA) June 10, 2025Cristina Kirchner, condenada por corrupción.Tres instancias, cientos de pruebas y todas las garantías del debido proceso.Hubo justicia. El que las hace, las paga.— Patricia Bullrich (@PatoBullrich) June 10, 2025Noticia en desarrollo

Fuente: Perfil
10/06/2025 19:00

Javier Milei celebró el fallo de la Corte Suprema contra Cristina Kirchner y atacó a los periodistas

Los tres magistrados rechazaron la apelación de Cristina Kirchner en la causa Vialidad y deberá cumplir seis años de prisión e inhabilitación de por vida. Desde el exterior, el libertario siguió con su gira y se refirió al tema en redes sociales. Leer más

Fuente: Perfil
10/06/2025 19:00

Qué dice el fallo de la Corte Suprema que confirmó la condena a Cristina Kirchner

El máximo tribunal, integrado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó cada uno de los argumentos del recurso de queja presentados por la ex mandataria y sostuvo que "el debido proceso ha sido salvaguardado" y que "la encausada obtuvo una sentencia fundada en ley". Leé el documento completo. Leer más

Fuente: Perfil
10/06/2025 19:00

Cristina Kirchner tras el fallo de la Corte Suprema: "El Partido Judicial le agrega el cepo al voto popular"

Los tres magistrados rechazaron la apelación de Cristina Kirchner en la causa Vialidad y deberá cumplir seis años de prisión e inhabilitación. Leer más

Fuente: Infobae
10/06/2025 18:29

Los fundamentos del fallo de la Corte Suprema en la causa Vialidad: un rechazo unánime a todos los planteos

Los jueces del tribunal habían elaborado tres votos que fueron enviados en sobre cerrado a la Secretaría Penal, hasta minutos antes de la reunión plenaria de esta tarde. Hubo coincidencia en rechazar los recursos de queja y dejar firme la condena contra Cristina Kirchner con un mismo texto consensuado

Fuente: Perfil
10/06/2025 18:00

Apoyo y cortes en las calles a Cristina Kirchner a la espera del fallo de la Corte Suprema

La expresidenta aguarda el desenlace de su situación judicial y política, en medio de una fuerte expectativa en la militancia y la oposición. A su vez, las movilizaciones en su apoyo crecen con la presencia de distintos sectores del peronismo como Kicillof y el massismo. Leer más

Fuente: Perfil
10/06/2025 18:00

Cristina Kirchner presa: La Corte Suprema confirmó la condena

La Corte Suprema confirmó la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua contra Cristina Fernández de Kirchner por corrupción en la obra pública. Con la sentencia firme, se abre ahora el proceso para definir cómo y dónde cumplirá la pena la exmandataria. Leer más

Fuente: Clarín
10/06/2025 18:00

"Justicia. Fin": la reacción de Milei ante el fallo de la Corte Suprema que dejó firme la condena contra Cristina Kirchner

El Presidente se pronunció desde Israel, donde está cerrando su gira internacional.Críticas contra el periodismo.

Fuente: La Nación
10/06/2025 18:00

La detención de Cristina Kirchner. Todas las respuestas sobre el fallo de la Corte Suprema en la causa Vialidad

:root{--nd-box-15: calc(var(--nd-unit) * 1.5);--nd-box-30: calc(var(--nd-unit) * 3);--nd-box-45: calc(var(--nd-unit) * 4.5);--nd-box-60: calc(var(--nd-unit) * 6);--nd-box-75: calc(var(--nd-unit) * 7.5);--nd-box-90: calc(var(--nd-unit) * 9);--nd-box-105: calc(var(--nd-unit) * 10.5);--nd-box-120: calc(var(--nd-unit) * 12);--nd-box-135: calc(var(--nd-unit) * 13.5);--nd-box-3xs: 240px;--nd-box-2xs: 280px;--nd-box-xs: 360px;--nd-box-sm: 512px;--nd-box-base: 648px;--nd-box-md: 768px;--nd-box-lg: 936px;--nd-box-xl: 1024px;--nd-box-2xl: 1128px;--nd-box-3xl: 1280px;--nd-box-full: 100%;--nd-box-screen: 100vw}:root{--nd-prumo: "PrumoND", Georgia, "Times New Roman", Times, serif;--nd-roboto: "Roboto", "Arial", "sans-serif";--nd-roboto-mono: "Roboto Mono", "Consolas", monospace;--nd-georgia: Georgia, Times New Roman, Times, serif;--nd-family-main: var(--nd-prumo);--nd-family-secondary: var(--nd-roboto);--nd-family-text: var(--nd-georgia);--nd-family-mono: var(--nd-roboto-mono);--nd-size-10xl: calc(var(--nd-size-base) * 7);--nd-size-9xl: calc(var(--nd-size-base) * 6);--nd-size-8xl: calc(var(--nd-size-base) * 5);--nd-size-7xl: calc(var(--nd-size-base) * 4.25);--nd-size-6xl: calc(var(--nd-size-base) * 3.5);--nd-size-5xl: calc(var(--nd-size-base) * 3);--nd-size-4xl: calc(var(--nd-size-base) * 2.5);--nd-size-3xl: calc(var(--nd-size-base) * 2.125);--nd-size-2xl: calc(var(--nd-size-base) * 1.75);--nd-size-xl: calc(var(--nd-size-base) * 1.5);--nd-size-lg: calc(var(--nd-size-base) * 1.375);--nd-size-md: calc(var(--nd-size-base) * 1.25);--nd-size-sm: calc(var(--nd-size-base) * 1.125);--nd-size-base: 1rem;--nd-size-xs: calc(var(--nd-size-base) * 0.875);--nd-size-2xs: calc(var(--nd-size-base) * 0.75);--nd-size-3xs: calc(var(--nd-size-base) * 0.5);--nd-lineheight-base: 1;--nd-lineheight-sm: 1.1;--nd-lineheight-nm: 1.25;--nd-lineheight-md: 1.375;--nd-lineheight-lg: 1.5;--nd-lineheight-xl: 1.625;--nd-lineheight-2xl: 2;--nd-track-9xl: -0.035em;--nd-track-8xl: -0.0283em;--nd-track-7xl: -0.0236em;--nd-track-6xl: -0.0165em;--nd-track-5xl: -0.0141em;--nd-track-4xl: -0.0118em;--nd-track-3xl: -0.01em;--nd-track-2xl: -0.0083em;--nd-track-xl: -0.0071em;--nd-track-lg: -0.0065em;--nd-track-md: -0.0059em;--nd-vweight-hairline: 10;--nd-vweight-thin: 30;--nd-vweight-extralight: 50;--nd-vweight-light: 70;--nd-vweight-regular: 90;--nd-vweight-medium: 110;--nd-vweight-semibold: 130;--nd-vweight-bold: 150;--nd-vweight-extrabold: 170;--nd-vweight-black: 190;--nd-weight-thin: 100;--nd-weight-light: 300;--nd-weight-regular: 400;--nd-weight-medium: 500;--nd-weight-bold: 700;--nd-weight-black: 900;--nd-optical-serif: "opsz" 50;--nd-optical-semislab: "opsz" 25;--nd-optical-slab: "opsz" 0}@media(max-width: 648px){:root{--nd-size-10xl: calc(var(--nd-size-base) * 3);--nd-size-9xl: calc(var(--nd-size-base) * 3);--nd-size-8xl: calc(var(--nd-size-base) * 2.5);--nd-size-7xl: calc(var(--nd-size-base) * 2.5);--nd-size-6xl: calc(var(--nd-size-base) * 2.125);--nd-size-5xl: calc(var(--nd-size-base) * 2.125);--nd-size-4xl: calc(var(--nd-size-base) * 2.125);--nd-size-3xl: calc(var(--nd-size-base) * 1.75);--nd-size-2xl: calc(var(--nd-size-base) * 1.5);--nd-size-xl: var(--nd-size-lg)}}:root{--nd-neutral-950: rgb(26, 26, 26);--nd-neutral-900: rgb(38, 38, 38);--nd-neutral-850: rgb(50, 50, 50);--nd-neutral-800: rgb(62, 62, 62);--nd-neutral-750: rgb(74, 74, 74);--nd-neutral-700: rgb(86, 86, 86);--nd-neutral-650: rgb(98, 98, 98);--nd-neutral-600: rgb(110, 110, 110);--nd-neutral-550: rgb(122, 122, 122);--nd-neutral-500: rgb(134, 134, 134);--nd-neutral-450: rgb(146, 146, 146);--nd-neutral-400: rgb(158, 158, 158);--nd-neutral-350: rgb(170, 170, 170);--nd-neutral-300: rgb(182, 182, 182);--nd-neutral-250: rgb(194, 194, 194);--nd-neutral-200: rgb(206, 206, 206);--nd-neutral-150: rgb(218, 218, 218);--nd-neutral-100: rgb(230, 230, 230);--nd-neutral-50: rgb(242, 242, 242);--nd-neutral-0: rgb(254, 254, 254);--nd-neutral-0: #ffffff;--nd-transparent: transparent;--nd-col-alt: hsl(320, 75%, 45%);--nd-col-altlight: hsl(320, 75%, 65.02%);--nd-col-altlighter: hsl(320, 75%, 79.98%);--nd-col-altdark: hsl(320, 75%, 36%);--nd-col-success: hsl(120, 30%, 45%);--nd-col-successlight: hsl(120, 30%, 65.02%);--nd-col-successlighter: hsl(120, 30%, 79.98%);--nd-col-successdark: hsl(120, 30%, 36%);--nd-col-danger: hsl(0, 70%, 45%);--nd-col-dangerlight: hsl(0, 70%, 65.02%);--nd-col-dangerlighter: hsl(0, 70%, 79.98%);--nd-col-dangerdark: hsl(0, 70%, 36%);--nd-col-accent: hsl(200, 85%, 65%);--nd-col-accentlight: hsl(200, 85%, 77.74%);--nd-col-accentlighter: hsl(200, 85%, 87.26%);--nd-col-accentdark: hsl(200, 85%, 52%);--nd-col-info: hsl(222, 35%, 45%);--nd-col-infolight: hsl(222, 35%, 65.02%);--nd-col-infolighter: hsl(222, 35%, 79.98%);--nd-col-infodark: hsl(222, 35%, 36%);--nd-col-warning: hsl(53, 100%, 50%);--nd-col-warninglight: hsl(53, 100%, 68.2%);--nd-col-warninglighter: hsl(53, 100%, 81.8%);--nd-col-warningdark: hsl(53, 100%, 40%);--nd-col-text: var(--nd-neutral-850);--nd-col-textmd: var(--nd-neutral-750);--nd-col-bg: var(--nd-neutral-0);--nd-col-medium: var(--nd-neutral-500);--nd-col-secondary: var(--nd-neutral-300);--nd-col-silent: var(--nd-neutral-200)}:root{--nd-unit: 1rem;--nd-unit-0: calc(var(--nd-unit) * 0);--nd-unit-5: calc(var(--nd-unit) * 0.5);--nd-unit-10: calc(var(--nd-unit) * 1);--nd-unit-15: calc(var(--nd-unit) * 1.5);--nd-unit-20: calc(var(--nd-unit) * 2);--nd-unit-25: calc(var(--nd-unit) * 2.5);--nd-unit-30: calc(var(--nd-unit) * 3);--nd-unit-35: calc(var(--nd-unit) * 3.5);--nd-unit-40: calc(var(--nd-unit) * 4);--nd-unit-45: calc(var(--nd-unit) * 4.5);--nd-unit-50: calc(var(--nd-unit) * 5);--nd-unit-55: calc(var(--nd-unit) * 5.5);--nd-unit-60: calc(var(--nd-unit) * 6);--nd-unit-65: calc(var(--nd-unit) * 6.5);--nd-unit-70: calc(var(--nd-unit) * 7);--nd-unit-75: calc(var(--nd-unit) * 7.5);--nd-unit-80: calc(var(--nd-unit) * 8);--nd-unit-85: calc(var(--nd-unit) * 8.5);--nd-unit-90: calc(var(--nd-unit) * 9);--nd-unit-95: calc(var(--nd-unit) * 9.5);--nd-unit-100: calc(var(--nd-unit) * 10);--nd-header-xl: 57px;--nd-header-md: 87px;--nd-header-sm: 65px;--nd-mb-comp: var(--nd-unit-50)}@media(width A fondo La condena a Cristina Kirchner Todas las respuestas sobre el fallo de la Corte Suprema en la causa Vialidad Por Nombre y Apellido XX de xxxx de 2025

Fuente: La Nación
10/06/2025 18:00

Qué sucede con la candidatura de Cristina Kirchner tras la ratificación de la condena por la Corte Suprema

La Corte Suprema ratificó este martes la condena contra Cristina Kirchner en la causa Vialidad, el expediente por corrupción en la adjudicación de obras públicas durante su gobierno. Con esta decisión, que convalida el fallo del Tribunal Oral Federal N°2 y su confirmación por la Cámara de Casación Penal, la expresidenta quedó condenada por administración fraudulenta e inhabilitada para ejercer cargos públicos de por vida,La sentencia impacta de lleno en la reciente postulación de la titular del PJ como candidata a diputada provincial por la tercera sección electoral de la provincia de Buenos Aires, un anuncio que realizó semanas atrás en una entrevista televisiva. Tras la resolución del máximo tribunal, su candidatura queda automáticamente anulada: la inhabilitación es de aplicación inmediata y no requiere de otros trámites para impedirle competir.Según la Constitución bonaerense, los fueros legislativos se adquieren únicamente después de ser electo -en el caso de la Provincia, a partir del 7 de septiembre-. Sin embargo, la discusión quedó zanjada por la condena firme de este martes, que vuelve abstracto cualquier intento de oficializar su postulación. Incluso si su nombre figurara en las listas del 19 de julio, la Junta Electoral podría rechazarla por falta de idoneidad.Si el máximo tribunal hubiese resuelto mientras la exvicepresidenta ostentaba fueros, el Poder Judicial no hubiera podido proceder directamente a su detención ni ejecutar la pena privativa de libertad. La Constitución Nacional, en su artículo 69, establece que un legislador nacional no puede ser arrestado salvo en caso de ser sorprendido "in fraganti delito". Por lo tanto, para que la condena se hiciera efectiva, el Congreso debería votar su desafuero.Qué había dicho Cristina Kirchner sobre la posibilidad de ir presaEn un encendido discurso el lunes ante la cúpula del Partido Justicialista, la líder del partido se había referido su situación judicial y dejó algunas frases que, 24 horas más tarde, cobrarían otra magnitud. "Creen que lo van a solucionar metiéndome presa. Estaré presa, pero la gente va a estar cada día peor", anticipaba Cristina en la sede del PJ, ubicada en la calle Matheu 130, del barrio porteño de Balvanera."Mientras caminen por la calle libres los que hicieron el megacanje, los de las autopistas, los parques eólicos, estar presa es un certificado de dignidad", opinaba sobre una posible ratificación de la condena.E insistía: "Creen que van a solucionar todo esto metiéndome presa. Dale, meteme presa. ¿La gente va a ganar más plata por eso? ¿Van a comenzar a financiar las escuelas y los hospitales? ¿Van a poder pagar la deuda en dólares con el FMI y los bonistas? Bueno, hermano. Pensá en otra solución".La intervención estuvo cargada además de simbolismo. "Soy una fusilada que vive" dijo, en alusión al intento de magnicidio que sufrió en 2022 y a la persecución que, según afirma, padece desde los sectores judiciales y mediáticos. "Bastó con que anunciara la candidatura para que se desataran todos los demonios", lamentó.El mensaje no solo estuvo dirigido al Gobierno y a los jueces, sino también al interior del peronismo. La expresidenta cargó contra el"partido judicial" y caracterizó a la Corte Suprema como "guardia pretoriana del poder económico". Afirmó que es "muy importante movilizarse" e hizo un llamado a la militancia a apoyarla.

Fuente: La Nación
10/06/2025 18:00

La Corte Suprema confirmó la condena a Cristina Kirchner a prisión y no podrá ser candidata

En un fallo histórico, la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua a ocupar cargos públicos contra Cristina Kirchner en el contexto de la causa Vialidad.La decisión confirmada hoy sacude a todo el sistema político. Cristina Kirchner es la primera expresidenta en tener una condena firme por corrupción. La actual líder del Partido Justicialista (PJ) nacional, aún la figura más fuerte de la oposición al gobierno de Javier Milei, quedará fuera de la carrera electoral y no podrá competir, como era su intención, por una banca en la Legislatura bonaerense el próximo 7 de septiembre.Por su edad, 72 años, Cristina Kirchner puede solicitar cumplir la condena en arresto domiciliario. Esperó el pronunciamiento de la Corte rodeada de dirigentes y militantes en la sede del PJ. La Corte Suprema resolvió de manera unánime, con los votos de los tres jueces: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Quedó firme la condena a seis años de prisión para la expresidenta por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública en las 51 licitaciones de obra pública en la provincia de Santa Cruz.El máximo tribunal también dejó firme la absolución por el delito de asociación ilícita, tras rechazar el pedido de la fiscalía para agravar su condena al declarar el planteo inadmisible por aplicación del artículo 280 del Código Procesal en Civil y Comercial de la Nación.Los jueces Rosatti y Rosenkrantz hicieron un voto conjunto al que se sumó luego Lorenzetti. Los tres rechazaron cada uno de los argumentos que sostuvo la defensa para intentar revertir, en su recurso de queja, la condena en su contra. "Las sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida y en el Código Penal sancionado por el Congreso, sin que se haya demostrado en modo alguno que la decisión apelada no constituya una derivación razonada del derecho vigente de conformidad con las circunstancias particulares comprobadas en la causa, ni que durante el proceso se haya vulnerado alguna garantía constitucional. El debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley", sostuvieron los jueces del máximo tribunal. Todo se precipitó esta mañana, cuando Rosatti informó que los jueces se reunirían para tratar el asunto, algo inusual en la comunicación de la Corte. Los jueces consideran a Cristina Kirchner responsable del delito de defraudación contra la administración pública para favorecer a Báez en las licitaciones de obras públicas en Santa Cruz.Después de la segunda instancia, la expresidenta había presentado un recurso de queja ante la Corte, mientras que el fiscal Mario Villar reclamaba duplicar la pena a 12 años (a partir de agregar el delito de asociación ilícita).Las señales de que llegaría una decisión del máximo tribunal se aceleraron la semana pasada, cuando los tres jueces rechazaron "sin más trámite" la recusación del juez Ricardo Lorenzetti que presentó la defensa de la expresidenta.Ella lo tomó como una confirmación de lo que vendría. El sábado, en un acto en Corrientes, dijo: "Hay que estar atentos a que me metan presa". Y añadió: "Mirá cómo tiemblo". El lunes organizó un acto en la sede porteña del PJ para convocar a una resistencia política, del que participó incluso su reciente adversario interno, Axel Kicillof.Cristina Kirchner: "Hay que estar atentos a que me metan presa""Las sanciones aplicadas son las que determina el ordenamiento jurídico vigente. La imposición de las penas de prisión e inhabilitación no hace otra cosa que tutelar nuestro sistema republicano y democrático según las leyes penales dictadas por los representantes del pueblo en el Congreso de la Nación", dijeron los tres jueces. Y añadieron: "El argumento de la defensa basado en la competencia de terceras personas en el asunto â??entre ellas, el jefe de gabinete de ministros de la Nación y los restantes funcionarios nacionales y provinciales que intervinieron en los hechosâ?? se desentiende del fundamento desarrollado por los jueces de la causa en torno a la modificación implementada por el decreto 54/2009 y la indisputada competencia y responsabilidad de la encausada en la emisión del mismo. Además, omite rebatir las demás circunstancias ponderadas por el a quo respecto de la intervención personal de la recurrente en los hechos, en particular, el beneficio económico obtenido".Las razones de la condenaLa denuncia original que derivó en esta causa la presentó Elisa Carrió, líder de la Coalición Cívica, mientras Cristina Kirchner era todavía presidenta de la Nación. La investigación apuntó a determinar si el empresario Lázaro Báez fue beneficiado con la adjudicación de 51 obras públicas viales con fondos nacionales en Santa Cruz entre 2003 y 2015 y si hubo sobreprecios, demoras injustificadas o trabajos sin terminar. El holding de empresas de Báez apenas terminó 27 de las obras adjudicadas. Los jueces consideraron como una prueba clave el decreto 54/2009, al que calificaron como un "instrumento para la maniobra criminal". Esa medida modificó un fideicomiso preexistente e incorporó a la Dirección Nacional de Vialidad como beneficiaria. Así, según los jueces del proceso original, "proveyó una fuente ilimitada de financiamiento al ente vial y le permitió agilizar paulatinamente el proceso de pagos reduciendo la burocracia preexistente. Pero esencialmente brindó el contexto de opacidad suficiente para que el Administrador General pudiese, a partir del régimen inherente a la naturaleza de los fondos, disponer libremente qué obras se valdrían de los recursos del fideicomiso".Además de Cristina Kirchner, el TOF 2 condenó a Báez (6 años); al exsecretario de Obras Públicas de la Nación, José López (6 años); al extitular de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV), Nelson Periotti (6 años); entre otros. En cambio, el exministro de Planificación Federal Julio De Vido, sobre quien pesaba un pedido de condena de 10 años, fue absuelto junto con Abel Fatala, exsubsecretario de Obras Públicas de la Nación, y Héctor Garro, exjefe de Vialidad de Santa Cruz. Sobre Carlos Kirchner, primo de Néstor Kirchner y exsecretario de Coordinación de la Obra Pública, el tribunal declaró extinguida la acción penal por prescripción y fue sobreseído.La Corte ratificó todo lo actuado.

Fuente: Página 12
10/06/2025 17:20

La estrategia de Cristina Kirchner tras el fallo proscriptivo de la Corte Suprema

Uno de los abogados de la expresidenta confirmó que continuarán con los reclamos en la Corte Penal Internacional de La Haya."Esta causa tiene una arbitrariedad inusitada", declaró en la 750.

Fuente: Perfil
10/06/2025 17:00

Apoyo en las calles a Cristina Kirchner a la espera del fallo de la Corte Suprema

La expresidenta aguarda el desenlace de su situación judicial y política, en medio de una fuerte expectativa en la militancia y la oposición. A su vez, las movilizaciones en su apoyo crecen con la presencia de distintos sectores del peronismo como Kicillof y el massismo. Leer más

Fuente: Perfil
10/06/2025 17:00

Cómo serían las horas posteriores de Cristina Kirchner si la Corte Suprema confirma su condena

Mientras el Partido Justicialista y sus militantes copan las calles en reclamo al fallo inminente, dependería del juez de ejecución Gorini cómo se ejecutaría una eventual detención. Leer más

Fuente: Infobae
10/06/2025 16:04

Los mensajes del arco político ante la expectativa por la decisión de la Corte Suprema sobre Cristina Kirchner

Distintas personalidades del peronismo y otros partidos opinaron sobre la resolución del máximo tribunal sobre la causa Vialidad

Fuente: Perfil
10/06/2025 16:00

Sin Javier ni Karina Milei, Guillermo Francos reunió al Gabinete a la espera del fallo de la Corte Suprema sobre Cristina Kirchner

En Casa Rosada, los ministros se reunieron en medio de la tensión. Seguidamente, a las 16 horas, el presidente de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, convocó a los jueces Lorenzetti y Rosenkrantz para tomar una decisión en el Palacio de Tribunales. Leer más

Fuente: La Nación
10/06/2025 16:00

Fallo sobre Cristina Kirchner en la Corte Suprema, en vivo: definición sobre la condena y las últimas noticias

ð???15.23 | Juan Grabois: "La detención de Cristina es el inicio de una virtual dictadura"El dirigente social y político Juan Grabois sostuvo que se está "pergeñando la ruptura definitiva del orden constitucional argentino". Consideró que la detención de la exmandataria y "presidenta del principal partido de oposición" es un "estadio de sitio encubierto". "Todas las fuerzas populares nos convocamos en defensa del sistema republicano y la identidad nacional-popular de nuestro pueblo. Ahora concentramos en la sede del PJ en Matheu 130, pero hay que estar atentos minuto a minuto", cerró. En este momento se está pergeñando la ruptura definitiva del orden constitucional argentino. La detención de la ex Presidenta de la Nación y Presidenta del principal partido de oposición, Cristina Fernández de Kirchner, es un estado de sitio encubierto y el inicio de una virtualâ?¦— Juan Grabois (@JuanGrabois) June 10, 202515.15 | Alberto Fernández: "Los opositores no se persiguen judicialmente"El expresidente Alberto Fernández mostró su apoyo a Cristina Kirchner a través de la red social X. "Nunca me callé ante las injusticias y sigo fiel a mis convicciones. Es un Estado de Derecho, los opositores no se persiguen judicialmente, se los juzga conforme a la ley. Algo que no ha ocurrido con CFK", tuiteó.En diálogo con Radio con Vos, remarcó las arbitrariedades del caso. "Esta causa que involucra a Cristina la vengo siguiendo hace mucho tiempo y la conozco a la perfección. Siendo presidente declaré testimonial y presencialmente frente al Tribunal por esta causa. Fue una causa que tuvo 14 incidentes que llegaron a la Corte cuando Cristina Kirchner marcaba arbitrariedades en el procedimiento que se estaba siguiendo en el juicio", explicó.Y remarcó: "Un presidente no tiene absolutamente nada que ver con la licitación de la obra pública, porque las licitaciones las hacen los ministerios o los gobernadores en cada caso".Nunca me callé ante las injusticias y sigo fiel a mis convicciones. En un Estado de Derecho, los opositores no se persiguen judicialmente, se los juzga conforme a la ley. Algo que no ha ocurrido con CFK. https://t.co/AmsdyLoDWX— Alberto Fernández (@alferdez) June 10, 202515.10 | Fuerte presencia de la militancia en la sede del PJBombos, pancartas y banderas con mensajes de apoyo a Cristina Kirchner y en repudio al inminente fallo de la Corte se ven afuera de la sede en Matheu 130, en el barrio de Balvanera. Organizaciones y militantes se acumulan en las inmediaciones para mostrar apoyo a la expresidenta de cara a la reunión de la Corte a las 16. Se espera que, hasta esa hora, siga llegando gente.15.01 | Mayans: "Tienen miedo que arrase en la provincia"El senador nacional José Mayans se presentó afuera de la sede del Partido Justicialista en Matheu 130 y sostuvo que "tienen miedo que Cristina Kirchner arrase en la provincia de Buenos Aires". "Y también que sea la próxima presidenta de la Nación", sostuvo en diálogo con los medios.Estuvo acompañado por Juliana Di Tullio. "Lo que están por hacer es una herida muy grande para la Argentina. Nuestro país va a sufrir muchísimo. Van a meter presa a una expresidenta que durante ocho años le cambió la vida a este país", declaró, y sumó: "Hoy debería ser un día de luto y tristeza. Si este fallo se confirma, que nosotros creemos que sí, este va a dejar de ser el país que conocimos". 14.51 | Rosatti y Rosenkrantz ya emitieron su voto en la causa de Cristina Kirchner y se define su futuroEl presidente de la Corte Suprema de Justicia, Horacio Rosatti, convocó a una reunión de acuerdo para las 16, a fin de tratar en forma especial el caso conocido como Vialidad, en el cual deberán resolver si confirman la condena de la expresidenta Cristina Kirchner.Según información del máximo tribunal Rosatti y Carlos Rosenkrantz ya emitieron sus votos, por lo cual sólo resta el pronunciamiento de Ricardo Lorenzetti.La información se conoció después de la reunión ordinaria de la mañana, en la cual los jueces habrían acordado hacer ese encuentro especial.De hecho tras esa reunión, se difundió el dato oficial de que el expediente empezó a circular para la firma de los jueces.

Fuente: La Nación
10/06/2025 16:00

Alberto Fernández respaldó a Cristina en medio de la expectativa por el fallo de la Corte Suprema

El expresidente Alberto Fernández realizó un posteo este martes por la tarde vinculado al pronunciamiento de la la Corte Suprema sobre la condena a Cristina Kirchner en la causa Vialidad, que se llevará acabo cerca de las 16."Nunca me callé ante las injusticias y sigo fiel a mis convicciones. En un Estado de Derecho, los opositores no se persiguen judicialmente, se los juzga conforme a la ley. Algo que no ha ocurrido con CFK", escribió en su perfil.Nunca me callé ante las injusticias y sigo fiel a mis convicciones. En un Estado de Derecho, los opositores no se persiguen judicialmente, se los juzga conforme a la ley. Algo que no ha ocurrido con CFK. https://t.co/AmsdyLoDWX— Alberto Fernández (@alferdez) June 10, 2025Luego, en diálogo con Radio con Vos, profundizó: "Esta es una causa donde ningún tribunal entendió cómo funciona la asignación de la obra pública en el Estado. No es una decisión del presidente, es una decisión del Congreso. La ley de presupuesto determina cuáles son las obras públicas que se van a presupuestar cada año"."Y un presidente no tiene nada que ver con una licitación de una obra pública. La licitación las hacen o los ministerios o los gobernadores. El Estado solo revista el avance de las obras y otorga los recursos", reforzó.Durante la entrevista, el exmandatario hizo además un "llamado a la reflexión colectiva". "Si la Justicia Argentina actúa así, estamos en un problema muy serio. Cuando Lula [Da Silva] estuve preso, fui a defenderlo porque estaba preso injustamente, no por ser de izquierda o de derecha. "Si hoy estoy hablando, no es porque me llevo de maravilla con Cristina. Es porque es injusto lo que están haciendo. Quiero que se respeten las normas de derecho".Noticia en desarrollo.

Fuente: Perfil
10/06/2025 14:00

Sin Javier ni Karina Milei, Guillermo Francos reunió al Gabinete a la espera del fallo de la Corte Suprema sobre Cristina Kirchner

En Casa Rosada, los ministros se reunieron en medio de la tensió. El presidente de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, convocó para las 16 a los jueces Lorenzetti y Rosenkrantz. La reunión clave será en el Palacio de Tribunales para tomar una decisión. Leer más

Fuente: Infobae
10/06/2025 13:24

En el Gobierno dan por sentado que el fallo de la Corte Suprema contra Cristina Kirchner será adverso

Luego de que la ex mandataria advirtiera que es una "fusilada viva" y ante la inminencia de la decisión del Máximo Tribunal, en el oficialismo sólo se habla por lo bajo del tema. El Presidente sigue el caso desde su gira por Europa e Israel

Fuente: La Nación
10/06/2025 13:00

El presidente de la Corte Suprema convocó a una reunión esta tarde para decidir sobre la condena de Cristina

El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Horacio Rosatti, convocó a una reunión de acuerdo para las 16, a fin de tratar en forma especial el caso conocido como Vialidad, en el cual deberán resolver si confirman la condena de la expresidenta Cristina Kirchner.La información se conoció después de la reunión ordinaria de la mañana, en la cual los jueces habrían acordado hacer ese encuentro especial.De hecho tras esa reunión, se difundió el dato oficial de que el expediente empezó a circular para la firma de los jueces, y se encontraba, en primera instancia, en la secretaría de Ricardo Lorenzetti, otro de los magistrados que integran el tribunal.Los jueces de la Corte deben resolver si rechazan el recurso de queja que planteó Cristina Kirchner y si de ese modo confirma la condena a seis años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos que por considerarla culpable de fraude en la contratación de obra pública en Santa Cruz.La otra opción sería que acepten el planteo del fiscal Mario Villar, avalada por el procurador General, Eduardo Casal, y soliciten que se investigue también el delito de asociación ilícita, lo cual elevaría la pena a doce años.Para que haya un fallo deben ponerse de acuerdo los tres ministros de la Corte: Rosatti, Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz. Esto es así porque al haber dos vacantes en el tribunal de cinco miembros, es necesario un mínimo de tres votos en un mismo sentido. En el caso de que no ocurra, deberán convocar a conjueces para conformar una mayoría, lo cual demoraría el pronunciamiento.Por ser mayor de 70 años (tiene 72), Cristina Kirchner podrá gozar del beneficio de la prisión domiciliaria en el caso de ser condenada. Se especuló con distintas posibilidades, pero la opción más probable es que lo haga en su departamento de San Cristóbal, adonde se mudó tras su paso por Recoleta.La decisión de decidir hoy mismo sobre el futuro de Cristina Kirchner sorprendió al mundo judicial, porque en los últimos días el máximo tribunal había dejado trascender que no lo haría esta semana sino en las próximas.Sin embargo, la difusión ayer del dato de que el secretario penal de la Corte, Diego Seitún, se pronunció en favor de la ratificar la condena, pareció acelerar los plazos.Cristina Kirchner pareció intuir la inminencia del fallo ya que ayer convocó a toda la dirigencia peronista en la sede de Matheu del PJ y pronunció un discurso en el que dijo que se consideraba "una fusilada que vive".Hoy también volvió a ir a la sede partidaria para reunirse con senadores de Unión por la Patria (UP), en medio de un clima enrarecido y con varios pedidos de movilización.Una eventual condena seguramente generará una fuerte reacción de todo el peronismo, no sólo de los sectores más afines a la titular del partido. Una prueba de ello fue que ayer el gobernador Axel Kicillof, que estuvo enfrentado con ella hasta la semana pasada, apuró ayer una reunión con intendentes para poder estar en el acto que encabezó Cristina.También tendrá un impacto electoral, ya que la expresidenta había anunciado que se postularía para legisladora provincia por la tercera sección electoral. Esto también impacta en la estrategia del Gobierno, que había planeado su estrategia en base a la dicotomía "kirchnerismo o libertad", tal como había hecho en la elección porteña de mayo.

Fuente: Infobae
10/06/2025 12:00

La Corte Suprema se reunirá a las 16 para tomar una decisión en el caso Vialidad que tiene a Cristina Kirchner como condenada

El presidente del máximo tribunal, Horacio Rosatti, convocó al resto de los ministros a un encuentro que se realizará esta tarde, anticiparon fuentes judiciales

Fuente: Perfil
10/06/2025 12:00

Cristina Kirchner esperará el eventual fallo de la Corte Suprema con sus senadores y habrá cumbre de gremios peronistas

La expresidenta encabezará una reunión con el bloque de senadores de Unión por la Patria en la sede del PJ Nacional. En tanto, líderes de los sindicatos más importantes se reunirán en la sede de SMATA. Leer más

Fuente: Página 12
10/06/2025 11:35

Alejo Ramos Padilla: "La Corte Suprema carece de legitimidad"

El juez explicó por la 750 por qué el poder judicial se encuentra en una encrucijada institucional que se debe revisar de manera urgente.

Fuente: La Nación
10/06/2025 11:00

Horas decisivas de Cristina Kirchner: expectativa por el fallo de la Corte Suprema y últimas noticias, minuto a minuto

10.10 | Los condenados por la causa VialidadEn este caso se analiza el fallo de la Cámara Federal de Casación Penal que confirmó las condenas del Tribunal Oral Federal 2, del 6 de diciembre de 2022. El tribunal sentenció a ocho de los trece acusados en el caso Vialidad, a los que encontró culpables del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Entre los principales acusados figuran Cristina Kirchner, Lázaro Báez y José López.09.53 | Reunión claveLa Corte Suprema de Justicia se reunirá este martes en su cónclave semanal y ya cuenta con un abultado informe interno de su secretario penal, Diego Seitún, donde hay una propuesta clara: rechazar todos los recursos y confirmar la condena contra Cristina Kirchner.9.40 | Crónica de la vigilia al fallo de la CortePor Javier Fuego Simondet"Ante lo que supone un fallo inminente de la Corte Suprema en su contra, que podría derivar en su detención y en la imposibilidad de ser candidata este año, Cristina Kirchner se mostró rodeada este lunes por dirigentes de todos los sectores del peronismo, incluido el gobernador Axel Kicillof, quien asistió a la sede nacional del Partido Justicialista(PJ) por una convocatoria en defensa de la expresidenta ante una eventual "proscripción" alentada desde los estrados judiciales".Leé la nota completa acá.9.33 | Una interna que no cesaEn sus declaraciones, Cristina no se olvidó de la interna que mantiene con Axel Kicillof. "Hay un problema cuando se llega en nombre de un proyecto colectivo y eso se transforma en un proyecto personal", manifestó.9.14 | "Soy una fusilada que vive" En un acto donde participaron diferentes sectores del peronismo, Cristina Kirchner convocó la movilización del PJ en la previa del fallo de la Corte Suprema, donde se autodefinió como "una fusilada que vive". Según la candidata a legisladora bonaerense, al anunciar su postulación "se desataron los demonios".

Fuente: Página 12
10/06/2025 10:42

Juan Martín Mena: "Terminaron de convertir a la Corte Suprema en un cachivache"

El ministro de Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires aseguró que a Cristina Kirchner la están condenando porque "nunca se arrodilló ante el poder económico y mediático".

Fuente: Página 12
10/06/2025 10:26

El tiro de gracia de la Corte Suprema a Cristina Kirchner: lapidario editorial de Víctor Hugo

En su editorial, el periodista y conductor de La Mañana fue sumamente crítico con la situación actual de la Corte Suprema y aseguró que forman parte de un ataque directo ordenado por los poderes concentrados.

Fuente: Infobae
10/06/2025 10:26

Expectativa por la decisión de la Corte Suprema sobre la causa Vialidad: Cristina Kirchner se reúne con dirigentes en el PJ

La ex mandataria se encuentra en su casa del barrio porteño de Constitución. Dirigentes la esperan en la sede partidaria. También llegó su hijo Máximo

Fuente: Infobae
10/06/2025 10:17

Sin Javier ni Karina Milei, Guillermo Francos convocó a una reunión de Gabinete en medio de la expectativa por la reunión de la Corte Suprema

El jefe coordinador de ministros llamó a un encuentro en Casa Rosada para hacer un repaso de la gestión. No hay fecha para una resolución en relación con la situación de Cristina Kirchner

Fuente: Clarín
10/06/2025 10:00

Cristina convoca de urgencia a los senadores K para definir medidas ante el posible fallo de la Corte Suprema

El encuentro será en la sede del PJ.El Senado discute una ampliación del máximo tribunal.

Fuente: Perfil
10/06/2025 10:00

Condena a Cristina Kirchner: se reúne la Corte Suprema para decidir el futuro de la expresidenta

El Máximo Tribunal se reunirá en un plenario clave, aunque persiste la incertidumbre sobre la ratificación de la pena a Cristina Kirchner. Fuentes judiciales indican que los jueces podrían optar por elaborar un fallo más detallado debido al impacto político del caso. Leer más

Fuente: Infobae
10/06/2025 03:39

El Senado empieza mañana con rondas de exposiciones sobre una eventual ampliación de la Corte Suprema

Cuatro disertantes se presentarán este miércoles, desde las 11, en el plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales -hay desconfianza sobre su titular, Alejandra Vigo-; y de Justicia y Asuntos Penales de la Cámara alta. Habrá invitados cada 15 días

Fuente: Infobae
10/06/2025 01:47

Cristina Kirchner se anticipa al fallo de la Corte Suprema, le marca la cancha a Kicillof y mantiene viva la interna

Durante el encuentro en el PJ Nacional, la ex presidenta le mandó varios mensajes entre líneas al Gobernador, que intentó un gesto de acercamiento en el medio de la tensión

Fuente: Perfil
10/06/2025 00:00

Cristina Kirchner en el PJ: las 10 frases destacadas del discurso previo al fallo de la Corte Suprema

La expresidenta reapareció tras su discurso en Corrientes con fuertes críticas a Milei y la Corte. "Estar presa es un certificado de dignidad", afirmó ante la militancia. Leer más

Fuente: Perfil
09/06/2025 23:00

"Inminente pero sin plazos": la lógica que dicta los tiempos de la Corte Suprema de Justicia en la causa Vialidad

En medio de una serie de versiones periodísticas que aseguran que es inminente un pronunciamiento del máximo tribunal en la causa donde Cristina Kirchner está condenada, en "Comunistas" se planteó la necesidad de analizar los rumores desde un ángulo alternativo. Leer más

Fuente: La Nación
09/06/2025 22:00

Qué dijo Cristina Kirchner sobre la Corte Suprema, Axel Kicillof y el gobierno de Javier Milei

La exvicepresidenta Cristina Kirchner habló este lunes 9 de junio desde la sede del Partido Justicialista y lanzó duras críticas contra la Corte Suprema, que se expedirá en los próximos días en relación a la causa Vialidad, hizo alusión -sin nombrarlo- al gobernador bonaerense Axel Kicillof y embistió contra Javier Milei. Durante su discurso de más de una hora combinó definiciones políticas, advertencias institucionales y señales hacia el futuro del peronismo. Al salir del acto en el PJ le habló al público que la esperaba afuera por un largo rato. A continuación, un repaso por sus principales declaraciones:La Corte Suprema"Bastó que hace una semana anunciáramos una candidatura para que se desataran los demonios". "Creen que lo van a solucionar metiéndome presa. Estaré presa, pero la gente va a estar cada día peor"."Mientras caminen por la calle, libres, los que hicieron el megacanje, los de las autopistas, los parques eólicos, estar presa es un certificado de dignidad. Lo siento de esa manera". "Había que poner la cabeza de Cristina en la pica para saber cómo le va a los gobiernos que deciden pagarle al Fondo, a los gobiernos que deciden terminar con el negociado de las AFJP. Quieren poner en una pica la cabeza de los que recuperamos YPF y Vaca Muerta"."Al abogado de Yrigoyen lo metieron preso. Espero que mi abogado no corra la misma suerte, pobre. Nunca se sabe con esta gente"."La Corte es una guardia pretoriana del poder económico"."Los peronistas estamos acá y vamos a seguir estando acá. Les guste a quien le guste"."Los mentores de esta sentencia son los mismos que decían 'la bala que no salió pero la sentencia que sí saldrá'."Creen que van a solucionar todo esto metiéndome presa. Dale, meteme presa. ¿La gente va a ganar más plata por eso? ¿Van a comenzar a financiar las escuelas y los hospitales? ¿Van a poder pagar la deuda en dólares con el FMI y los bonistas? Bueno, hermano. Pensá en otra solución".La interna con Kicillof"Tenemos todo un problema cuando se llega en nombre de un proceso colectivo y en lugar de mirarse como un dispositivo de ese proyecto colectivo, tenemos gente que asume un proyecto personal. No es un problema nuevo en el peronismo", dijo, sin nombrar a Kicillof, sobre la interna en el peronismo."Después de 2015, dijimos que íbamos a volver. Muchos no creían. Nosotros creíamos. Pudimos darnos una estrategia de construcción. Esto también requiere desprendimientos personales. La unidad, siempre y cuando el primero sea yo, así no se construye. Se construye sin importar quién sea el primero o la primera. Tiene que ser una unidad que asegure la construcción de la victoria, como lo hicimos en el 2019"."Esto requiere una discusión profunda. Y lo único que escucho últimamente es 'a ver qué lugar me toca en la lista'. Déjense de joder de una buena vez por todas. Déjense de joder"."Tenemos que prepáranos para ser quienes organicemos y ser alternativa. Si no lo hacemos por mezquindades, mediocridades o estupideces, igualmente la historia no se detiene. Los ríos no se detienen. Cuando no pueden ir por un lado, van por el otro. Pero finalmente avanzan".La administración Milei"Este modelo tiene fecha de vencimiento, se agota. Es una copia de lo que hizo Martínez de Hoz, la convertibilidad durante los años 90'. Se sostiene con dólar barato e ilusión de sostenibilidad"."Están tratando de desorganizar la posible organización popular y política que necesariamente se va a producir, más allá de las persecuciones"."Pase lo que paseâ?¦ Seguramente va a pasar. Tienen miedo y, por lo tanto, no creen que puedan organizar algo en frente nuestro"."Este Gobierno cachivache va a fracasar. Y piensan que, cuando esto fracase, no va a haber algo que lo sustituya"."Me gustaría verlo al Presidente, tanto que se hace el machito mexicano con el Garrahan, qué hace ahora que la Justicia en lo Civil y Comercial aprobó la adquisición de Telefónica por parte del Grupo Clarín"."El decreto 70/23 fue una verdadera reforma constitucional encubierta"."Estamos en un país que todos los días se endeuda más y más sin que los argentinos veamos un solo peso. Nos dicen que hay superávit fiscal. ¿De dónde? No se reparan las rutas. Se desfinancian los hospitales, se anulan programas científicos, quieren cerrar el Conicet. No se construyen más viviendas. No se financia la educación porque han acabado todos los programas. ¿Cómo no van a tener plata?"."Del superávit financiero ni hablemos. Los argentinos tienen que saber que les están mintiendo. Todos los intereses del endeudamiento se multiplican todos los días y no los paga. Nadie sabe cómo van a pagar el año que viene todo lo que se debe. Todos lo saben, empresarios y medios de comunicación, que este modelo es inviable"."El número que quieran ponerle a los desaparecidos es otra cosa que me revientan. 'son 8000, son 9000, son 10000'. Bueno, si son 9000, ¿dónde están? Dale. Decímelo. Dale. Manga de descerebrados"."El país no se salva con una economía meramente extractivista, no se salva con la minería, gas y petróleo sin valor agregado. Eso sirve solamente para pequeños enclaves regionales. ¿Qué van a hacer con la Argentina industrial, con el Gran Buenos Aires, con Rosario, con Resistencia?"."Esto va terminar en una gran crisis, no hay posibilidades de final feliz para esto"."Han sacado el cepo para las personas físicas pero han inventado un gran cepo al salario".

Fuente: Perfil
09/06/2025 21:00

Mientras la Corte Suprema calibra el momento de expedirse, Cristina Kirchner habló en la sede del PJ

Con eje en la proscripción del peronismo, la expresidenta salió en respuesta a versiones periodísticas que indican que es inminente un pronunciamiento del máximo tribunal en la causa Vialidad, lo que podría conducirla a prisión e inhabilitarla para ejercer cargos públicos de forma perpetua. Leer más

Fuente: Página 12
09/06/2025 19:09

Las 3 alternativas de la Corte Suprema para definir sobre Cristina Kirchner

Una a una, las principales opciones que tiene el máximo tribunal para definir el futuro de la expresidenta. El polémico artículo 280 y el pedido de uno de sus abogados.

Fuente: Infobae
09/06/2025 18:06

Corte Suprema de Justicia avaló la extradición de alias Bayron, cabecilla del Clan del Golfo

Alexánder Celis Durango fue solicitado para extradición por el Gobierno estadounidense el 7 de enero de 2022, pues está requerido por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas

Fuente: Perfil
09/06/2025 18:00

En medio de la tensión por el fallo de la Corte Suprema, Kicillof no asistirá al acto del PJ con Cristina Kirchner

El gobernador refuerza su armado con intendentes y le envía un gesto de apoyo en plena disputa interna del PJ bonaerense a la expresidenta. La tensión crece a la espera del fallo clave de la Corte en la causa Vialidad. Leer más

Fuente: Infobae
09/06/2025 17:10

El mensaje de Axel Kicillof en respaldo a Cristina Kirchner ante el posible fallo de la Corte Suprema por la causa Vialidad

Desde la cuenta de Movimiento Derecho al Futuro se publicó un video del gobernador bonaerense hablando del "odio contra el peronismo"

Fuente: Perfil
09/06/2025 17:00

De Comodoro Py a prisión domiciliaria: cómo sería el periplo de Cristina Kirchner si la Corte Suprema confirma la condena

El futuro judicial de la expresidenta y su posible candidatura se mantiene a la espera de la definición del Máximo Tribunal, que podría confirmar su condena a seis años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos. Leer más

Fuente: Clarín
09/06/2025 13:18

"Basta de perseguir a Cristina", el gesto de Axel Kicillof a la espera del fallo de la Corte Suprema por la condena en la causa Vialidad

El gobernador de la Provincia publicó un mensaje de su espacio Movimiento Derecho al Futuro.Esta tarde, la presienta del Partido Justicialista encabezará un acto en la sede de Matheu.

Fuente: Perfil
09/06/2025 12:54

Félix Lonigro explicó qué pasará si la Corte Suprema falla en contra de Cristina Kirchner

El abogado constitucionalista se refirió a la posibilidad de se inhabilite a la exvicepresidenta a ejercer cargos públicos y aseguró que el máximo tribunal "juega políticamente con los tiempos". Leer más

Fuente: Página 12
09/06/2025 10:20

Víctor Hugo reveló qué hay detrás de la presión a la Corte Suprema para proscribir a Cristina Kirchner

El periodista y conductor de La Mañana explicó por la 750 qué hay detrás de las presiones para que la Corte Suprema dicte pronto un fallo ratificando la condena contra la exvicepresidenta y le prohíba ser candidata en las próximas elecciones.

Fuente: Perfil
09/06/2025 09:36

El PJ se reúne de urgencia ante el posible fallo de la Corte Suprema contra Cristina Kirchner

Referentes peronistas fueron convocados a la sede del PJ para definir la estrategia en defensa de la líder del partido en caso de que el máximo tribunal ratifique su condena a seis años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos Leer más

Fuente: Perfil
09/06/2025 00:18

Sindicatos amenazan con un paro nacional si la Corte Suprema condena a Cristina Kirchner

La UOM, SMATA, ATE, APL y la Asociación Bancaria acusan a la Corte Suprema de "persecución política" y se preparan para movilizar un paro nacional si se ratifica la condena contra la ex presidenta y candidata a legisladora en la provincia de Buenos Aires. Leer más

Fuente: Infobae
08/06/2025 21:22

Tres gremios anunciaron que realizarán un paro si la Corte Suprema confirma la condena a Cristina Kirchner

Son metalúrgicos, mecánicos y los estatales porteños. Hablan de "proscripción de la voluntad popular"

Fuente: La Nación
08/06/2025 20:36

El PJ levanta la guardia y activa reuniones por el posible fallo de la Corte Suprema contra Cristina Kirchner

Con la posibilidad de que la Corte Suprema de Justicia rechace el último recurso judicial de Cristina Kirchner para evitar una condena por el caso Vialidad que la inhabilite de forma perpetua para ocupar cargos públicos, el peronismo activará mañana una reunión para analizar los pasos a seguir. Se realizará también un acto homenaje al "Día de la Resistencia Peronista" en el que la expresidenta estaría presente.Desde las 15, en la sede del PJ ubicada en la calle Matheu 130, del barrio de Balvanera, se realizará una reunión en la que se definirán acciones del partido en caso de que el máximo tribunal rechace el recurso de queja de Cristina contra su condena, como se especula que haría antes del 19 de julio, fecha límite para el cierre de listas en la provincia de Buenos Aires, donde la exmandataria aspira a postularse a diputada por la tercera sección electoral.Entre las acciones que serán puestas a consideración figura la convocatoria a una marcha en defensa de la titular del PJ.NO NOS HAN VENCIDO â??ð??¼A 69 años de los fusilamientos de José León Suárez, nos encontramos en la sede del Partido para conmemorar el Día de la Resistencia Peronista. Nos vemos este lunes 9 de junio desde las 17 hs. en Matheu 130. pic.twitter.com/qrK4MrzKp4— Partido Justicialista (@p_justicialista) June 6, 2025Luego de ese encuentro por la posible confirmación de la pena contra Cristina, del que no trascendieron sus participantes, desde las 17 se hará en la sede partidaria del peronismo un acto de homenaje por el "Día de la Resistencia Peronista". El partido rememora en esa jornada el levantamiento liderado por el general Juan José Valle en 1956 contra la dictadura de Pedro Eugenio Aramburu.Territorio amenazado. El avance narco sobre un conurbano descompuestoCristina Kirchner estaría presente en el acto por el "Día de la Resistencia Peronista", señalaron desde el justicialismo.La convocatoria para organizar una reacción ante el posible fallo de la Corte se preveía en el Instituto Patria, pero el traslado al PJ le garantizaría mayor caudal a la convocatoria de dirigentes, argumentaban fuentes peronistas.La expresidenta aceleró en su exposición pública en las últimas semanas. Encadenó una entrevista televisiva en la que confirmó su candidatura a diputada provincial, un llamado telefónico a su rival interno Axel Kicillof y una posterior reunión cara a cara, y un discurso en Corrientes en el que reclamó que la dejen competir en las urnas.

Fuente: Infobae
08/06/2025 13:49

El kirchnerismo convocó a una reunión urgente ante el posible fallo de la Corte Suprema contra Cristina Kirchner

Dirigentes y legisladores del oficialismo se reunirán este lunes en el Instituto Patria para analizar la posible confirmación de la condena por corrupción que enfrenta la exmandataria en el caso Vialidad. "Hay una idea de hacer algo", dijeron desde el espacio ante la posibilidad de convocar a una movilización

Fuente: Infobae
08/06/2025 12:18

La advertencia del kirchnerismo ante un posible fallo de la Corte Suprema contra Cristina Kirchner: "Como no la pudieron matar, la van a meter presa"

El senador Carlos Parrilli, uno de los hombres de mayor confianza de la exmandataria, afirmó que el proceso judicial fue una acción coordinada por "funcionarios al servicio del poder monopólico y económico"

Fuente: La Nación
08/06/2025 02:36

La Corte Suprema se prepara para condenar a Cristina Kirchner y se complica su candidatura

La Corte Suprema de Justicia confirmará "en las próximas semanas" la condena a seis años de prisión contra Cristina Kirchner por corrupción en la obra pública y su inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos, según revelaron fuentes judiciales.Así las cosas, la expresidenta deberá cumplir arresto y no podrá postularse a diputada bonaerense, como anunció el lunes pasado. El plazo para la oficialización de candidaturas vence el 19 de julio y la Corte Suprema se pronunciaría antes de esa fecha.Los jueces de la Corte Suprema que deben resolver la sentencia son Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. El tribunal se apresta a rechazar tanto el recurso de queja de Cristina Kirchner, que pedía revisar su condena por fraude, como el recurso del fiscal Mario Villar, que reclamaba duplicar la pena a 12 años y agregar el delito de asociación ilícita.Los jueces de la Corte optarían por invocar el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial Federal que les permite rechazar los recursos sin dar mayores explicaciones. Se trata de una solución habitual cuando no se advierten arbitrariedades en el proceso.Cerca de juez Ricardo Lorenzetti, sin adelantar el sentido del voto, ya manifestaron que el fallo debe conocerse en el mes de junio, pues "la Corte debe ser transparente y evitar suspicacias sin interferir en el proceso electoral".Sus dos colegas no dejaron trascender nada. "Silenzio stampa" se escuchó como respuesta en los despachos de Rosatti y Rosenkrantz. De otras fuentes de los tribunales se supo que "la decisión se conocerá en las próximas semanas"."Estamos trabajando en el caso", dijo un funcionario de la Corte. En lo formal se espera un informe del secretario penal y, luego, que el proyecto gire por las vocalías. Sin embargo, en este caso, estas formalidades no caben. Lorenzetti tiene la idea de que ya no hay ningún motivo para demorar la sentencia mas allá del próximo martes, pero aún debe verse cara a cara con sus colegas el lunes de la semana que viene.Sin embargo, Carlos Rosenkrantz se encuentra en Cipolletti, provincia de Neuquén y regresa el mismo lunes. Luego tiene previsto un viaje a México, que no le insumirá mas de cinco días, señalaron en los tribunales. Aún con esos compromisos, sigue vigente la idea de que el fallo se conozca antes del 19 de julio. El próximo lunes a la tarde los jueces de la Corte Suprema tienen agendada una reunión, lo que alimenta las especulaciones de una definición.En los tribunales federales siguen los movimientos de la Corte con lupa. Un encumbrado funcionario judicial que intervino en el caso Vialidad arriesga un fuerte argumento para pensar que el fallo se conocerá en breve. "Es lógico que la Corte resuelva antes de que Cristina Kirchner tenga fueros. De lo contrario sería como si un juez sabe que el imputado está por profugarse (acá se prófugaría a través de los fueros) y resuelve la detención cuando ya se escapó", dijo esta fuente.Y abundó: "Si la Corte Suprema fallara luego de la oficialización de la candidatura o de las elecciones, frustraría la acción de la Justicia". En cuanto al fallo de fondo y a los tiempos de resolución inminentes, en los tribunales federales hay coincidencia en que se aceleraron los plazos.A comienzos de año, el mundo judicial miraba la llegada de la causa Vialidad a la Corte con expectativa, pero con escepticismo en cuanto a una pronta resolución. En abril pasado, cuando el caso llegó al tribunal con la presentación del recurso de queja, primaba la idea de que el tribunal se iba a tomar un tiempo. Hasta fin de año, se decía entonces.Pasaron las semanas y la Corte no enviaba el caso a la Procuración para que Eduardo Casal opinara si correspondía duplicar la condena a 12 años, como pidió el fiscal de Casación Mario Villar. Crecía la ansiedad.Finalmente, el asunto llegó a Casal a mediados de abril, que dictaminó el 15 de mayo, y dejó el expediente en manos de los jueces de la Corte Suprema.Había una sensación de que los tiempos se iban a dilatar y colaboradores de Lorenzetti reclamaban a sus colegas que se vote, sin más demoras. El caso empezó a tomar velocidad. Primero fue determinante que la Corte resolviera, conjueces mediante, la causa de la Ruta del Dinero K y confirmara la condena a 10 años de prisión contra Lázaro Báez por lavado de dinero. Rosatti y Lorenzetti rechazaron los recursos de Báez y Rosenkrantz, en disidencia, pidió darle vista el Procurador. En el mismo día, la Corte Suprema rechazó los recursos de Cristina Kirchner contra el fallo que había revocado su sobreseimiento en la causa de la Ruta del Dinero K. En otras palabras, esto implica que había dejado allanado el camino para que la sigan investigando a la expresidenta con relación a la fortuna de Lázaro Báez. Este fallo de la Corte contra Cristina Kirchner fue unánime.El caso Báez y el caso Kirchner tienen en común que en ambos hubo una condena de un tribunal oral, luego un doble conforme, con un fallo de Casación y en la Ruta del dinero K se dejó firme la condena con el rechazo del recurso del acusado invocando el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial Federal. Esta puede ser la solución para dejar firme la condena en el caso Kirchner.Con el caso Báez despejado, tomó velocidad el caso Kirchner.La Corte se reunió la semana pasada y rechazó inlimine (sin mas trámite) el pedido de Cristina Kirchner para apartar al juez Lorenzetti. Votaron los tres jueces. De esa forma, solo quedó por resolver si confirmaban o no la condena con lo que la causa entró en zona de definiciones. Al punto tal, que Cristina Kirchner eligió salir a hablar públicamente para anunciar su candidatura a legisladora bonaerense. Y el kirchnerismo se declaró en alerta y advirtió entonces que iban a resistir contra lo que ellos llaman una proscripción, que de conocerse la sentencia "en estas semanas" como dicen en los tribunales, será el leitmotiv de la campaña electoral bonaerense de septiembre y nacional de octubre próximo.

Fuente: Infobae
08/06/2025 01:26

Días decisivos en la Corte Suprema para la definición sobre el futuro de Cristina Kirchner

Está en juego la confirmación o no de la condena contra la ex presidenta en la causa Vialidad por corrupción en la obra pública, una decisión que podría modificar por completo el escenario político del año

Fuente: Infobae
07/06/2025 12:37

Así fue como Roy Barreras defendió su presunta inocencia ante la Corte Suprema tras pleito con 'Mr. Taxes'

El exembajador de Colombia en el Reino Unido negó las acusaciones de amenazas y presiones hechas por Luis Carlos Reyes en un caso que cuestiona la transparencia de nombramientos en entidades estatales

Fuente: Perfil
06/06/2025 12:00

Cristina Kirchner mantiene frenética actividad política mientras espera que la Corte Suprema defina su condena

La exvicepresidenta vive por estas horas una frenética actividad política mientras sobre sus espaldas pesa la definición de la Corte Suprema de Justicia que debe resolver sobre su condena a seis años de prisión por la causa Vialidad. Leer más

Fuente: Infobae
05/06/2025 19:14

Imputación de César Manrique por escándalo en la Ungrd quedó en manos de la Corte Suprema de Justicia

La decisión de la juez 66 de control de garantías de Bogotá busca garantizar el debido proceso y evitar eventuales nulidades

Fuente: Infobae
05/06/2025 12:23

El presidente de la corte suprema, Octavio Tejeiro, hizo un llamado a la ciudadanía sobre la importancia de defender la independencia y la autonomía judicial

Tejeiro hizo la declaración durante la posesión del magistrado Víctor Julio Usme Perea ante la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema, a la que no fue invitado el presidente Petro

Fuente: Infobae
05/06/2025 12:18

Corte Suprema de EEUU falla a favor de una mujer que acusó discriminación por ser heterosexual

Una mujer de Ohio dijo que su empleador prefirió darle el ascenso en su trabajo a un hombre homosexual

Fuente: Infobae
05/06/2025 11:27

La Corte Suprema de EEUU falla en contra de la demanda de Mexico contra los fabricantes de armas

Este caso involucraba a las empresas Smith & Wesson e Interstate Arms

Fuente: La Nación
04/06/2025 21:18

Qué significa el rechazo in limine que la Corte Suprema le aplicó a Cristina Kirchner

La causa Vialidad, que involucra a la expresidenta Cristina Kirchner, sumó un nuevo capítulo. La Corte Suprema de Justicia tomó una decisión clave que podría acelerar el proceso judicial y tener un impacto significativo en el futuro político de la exmandataria. ¿Qué significa el rechazo in limine de la Corte Suprema?El rechazo "in limine" significa que la Corte Suprema desestimó la recusación presentada sin siquiera entrar a analizar el fondo de la cuestión. La Corte consideró que la presentación era inadmisible desde el principio, ya sea por cuestiones de forma o por falta de fundamentos sólidos."De acuerdo con la tradicional doctrina de esta Corte, que se ha mantenido inalterada a lo largo de toda su historia, cuando las recusaciones planteadas por las partes son manifiestamente inadmisibles deben ser desestimadas de plano", señaló el fallo.¿Por qué la Corte Suprema rechazó la recusación?El fallo de la Corte, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, argumenta que la recusación es un "mecanismo de excepción que debe ser interpretado de manera restrictiva". Según el fallo, la defensa basó su recusación en declaraciones de Lorenzetti del 1° de mayo y en notas posteriores, pero la Corte determinó que "ninguno de los hechos invocados como fundamento de la pretendida causal de recusación, con la única excepción de las declaraciones de fecha 1° de mayo de 2025 y las dos notas posteriores referidas, fue invocado en tiempo oportuno". Además, consideró que las declaraciones de Lorenzetti del 1° de mayo "no revisten la entidad mínima necesaria para dar trámite a la recusación intentada". Además, afirmaron que el recurso solo puede ser utilizado para casos muy particulares, no siendo este uno de ellos. "El instituto de la recusación con causa es un mecanismo de excepción, de interpretación restrictiva, con supuestos taxativamente establecidos, para casos extraordinarios, teniendo en cuenta que su aplicación provoca el desplazamiento de la legal y normal competencia de los jueces y la consecuente alteración del principio constitucional del juez natural", expresa el fallo.¿Qué implicancias tiene esta decisión para Cristina Kirchner?La decisión de la Corte Suprema acorta los tiempos para que el máximo tribunal defina si confirma la condena a seis años de cárcel e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos dictada contra la expresidenta en la causa Vialidad. De ser ratificada esa sentencia, Cristina Kirchner deberá empezar a cumplir su pena de prisión.¿Por qué se condenó a Cristina Fernández de Kirchner en la causa Vialidad?La causa Vialidad, iniciada en 2016, investigó el presunto direccionamiento de 51 obras públicas viales en Santa Cruz hacia el empresario Lázaro Báez durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner. Se analizaron posibles sobreprecios, demoras y trabajos inconclusos. El fiscal Diego Luciani acusó a Cristina Fernández de Kirchner de ser jefa de una organización que favoreció a Báez, solicitando su condena por asociación ilícita y administración fraudulenta.El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 absolvió a la expresidenta por asociación ilícita, pero la condenó por administración fraudulenta, imponiéndole la pena máxima de 6 años. La Cámara de Casación Penal confirmó esta sentencia en noviembre de 2024, rechazando el recurso extraordinario de la defensa.Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.

Fuente: La Nación
04/06/2025 18:18

La Corte Suprema rechazó la recusación de Cristina Kirchner contra Lorenzetti en la causa Vialidad

La Corte Suprema de Justicia rechazó "sin más trámite" la recusación que presentó la expresidenta Cristina Kirchner contra el juez Ricardo Lorenzetti en la causa Vialidad.Con esta decisión se acortan los tiempos para que el máximo tribunal defina si confirma la condena a seis años de cárcel e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos dictada contra la expresidenta en la causa Vialidad. De ser ratificada esa sentencia, Cristina Kirchner deberá empezar a cumplir su pena de prisión.La decisión de hoy de la Corte lleva las firmas de los tres jueces del alto tribunal: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y el propio Lorenzetti.Con este fallo, que despeja el incidente de recusación, ahora solo resta que la Corte se reúna para analizar la causa contra Cristina Kirchner. Habría concordancia entre los jueces para rechazar todos los recursos y confirmar la condena de Cristina Kirchner antes de que venza el plazo para la oficialización de su candidatura a legisladora bonaerense, lo que ocurre el 19 de julio próximo. Si la Corte confirma su condena antes de esa fecha, Cristina Kirchner no podrá ser candidata. El máximo tribunal tiene en sus manos la revisión de la condena a seis de prisión contra la exfuncionaria por administración fraudulenta y el pedido de la Procuración General para que también se le aplique la figura de asociación ilícita, elevando su condena a 12 años, como pidieron en el juicio los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola. Cristina Kirchner había recusado a Lorenzetti. Su abogado Alberto Beraldi anunció la recusación en una conferencia de prensa inusual, realizada en la sede del Partido Justicialista, como dando a entender que la que estaba en juicio era la titular del partido opositor y que se la estaba juzgando por su rol político y no por el delito de fraude por el que fue condenada.Causa Vialidad Habla El Abogado De Cristina KirchnerRosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti en su fallo de este miércoles repasaron los términos de la presentación de la defensa de Cristina Kirchner y subrayaron que "el instituto de la recusación con causa es un mecanismo de excepción, de interpretación restrictiva, con supuestos taxativamente establecidos, para casos extraordinarios, teniendo en cuenta que su aplicación provoca el desplazamiento de la legal y normal competencia de los jueces y la consecuente alteración del principio constitucional del juez natural". También dijeron que "esa pauta interpretativa resulta particularmente aplicable a los casos en los que la recusación se dirige contra los jueces de esta Corte Suprema, pues de lo contrario podrían ser fácilmente apartados del conocimiento de las causas que deben fallar por expreso mandato constitucional como última instancia judicial de la Nación, lo que resulta, naturalmente, inadmisible"."De acuerdo con la tradicional doctrina de esta Corte, que se ha mantenido inalterada a lo largo de toda su historia, cuando las recusaciones planteadas por las partes son manifiestamente inadmisibles deben ser desestimadas de plano", señaló el fallo. Esto es así, razonaron los magistrados, porque si no basta con que alguien recuse a un juez de la Corte para cambiar la integración del tribunal.Los jueces dijeron que la recusación debe ser rechazada de plano porque "se funda en circunstancias que no fueron denunciadas de manera oportuna y que carecen de la fundamentación mínima exigida por las normas legales aplicables y por la jurisprudencia constante de este Tribunal".Pero, además, la Corte destacó que "la recusación de los jueces de esta Corte Suprema debe ser articulada en el escrito de interposición del recurso extraordinario o en su contestación" y, de haber una causal sobreviviente, debe plantearse "dentro de las 48 horas de producida o dentro de los cinco cinco días de haber llegado a su conocimiento". Con lo que en este caso es extemporánea.Cristina Kirchner baso su recusación en declaraciones de Lorenzetti del 1° de mayo pasado y en notas posteriores. La Corte dijo que "ninguno de los hechos invocados como fundamento de la pretendida causal de recusación, con la única excepción de las declaraciones de fecha 1° de mayo de 2025 y las dos notas posteriores referidas, fue invocado en tiempo oportuno y, por ello, corresponde su desestimación in limine". En ese sentido, ahondó el tribunal, "dos de las notas denunciadas como fundamento de la causal anteceden, incluso, a la fecha de interposición del recurso extraordinario (13 de febrero de 2025) y eran conocidas públicamente entonces, por lo que ellas debieron haber sido invocadas, en todo caso, al momento de articular el remedio federal". "Dos de los hechos invocados posteriores a esa fecha â??las declaraciones de la senadora [Anabel] Fernández Sagasti de fecha 3 de abril de 2025 y una nota del día anteriorâ?? fueron denunciados recién mediante el escrito de recusación, de fecha 5 de mayo de 2025, habiendo excedido largamente el plazo legal desde que ellos se produjeron", señalaron. Por último, la Corte analizó si las declaraciones de Lorenzetti del 1 de mayo son causal de recusación. Y concluyeron que "no revisten la entidad mínima necesaria para dar trámite a la recusación intentada". Indicaron que la defensa de la expresidenta no había citado "causal alguna de las previstas en los citados ordenamientos procesales, sino que se limita a invocar en forma genérica que el juez Lorenzetti carecería de imparcialidad. Tal defecto basta para sustentar el rechazo, sin más trámite, de la recusación"."Por lo demás, en el caso la recusación no se funda en circunstancias objetivamente comprobables", pues Cristina Kirchner invoca unas declaraciones de la senadora Anabel Fernández Sagasti â??que suele expresar la opinión de la expresidenta en el Senadoâ?? para vincularlas con las declaraciones de Lorenzetti, al alegar que el juez estaba presionando a la expresidenta"Más allá del carácter obviamente extemporáneo de la alegación basada en aquel discurso pronunciado más de un mes antes de interpuesta la recusación, la recurrente no ofrece prueba alguna para respaldar la acusación formulada en dicha sesión", dice el fallo.Y menciona que no se cita algún extracto concreto de la entrevista a Lorenzetti que justifique la conclusión según la cual ambos hechos estarían vinculados y que el juez carecería de imparcialidad para juzgar este caso. "A todo evento, vale reiterar, si las acusaciones formuladas en el discurso de la senadora citada tenían la entidad que la asigna la recusante, debió haberlas invocado en tiempo oportuno", subrayó el máximo tribunal.

Fuente: Perfil
04/06/2025 17:18

La Corte Suprema rechazó la recusación de Cristina Kirchner contra Lorenzetti

Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz consideraron que "no se funda en circunstancias objetivamente comprobables" y la consideraron inadmisible. La expresidenta lo había recusado por dichos del magistrado sobre su situación judicial. Leer más

Fuente: Infobae
04/06/2025 17:15

La Corte Suprema rechazó la recusación de Cristina Kirchner contra Lorenzetti y ya puede definir la causa Vialidad

Ahora los tres jueces deben decidir si rechazan el recurso de la ex presidenta para que quede firme la condena a seis años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos, o si revisan el caso

Fuente: Perfil
03/06/2025 21:18

La Corte Suprema anuló la condena contra la esposa de José López, exsecretario kirchnerista, en la causa de los bolsos en el convento

La sentencia contra María Amalia Díaz fue dejada sin efecto y ahora deberán resolver su situación judicial. En la investigación se la señalaba como partícipe de haber ocultado una gran suma de dinero vinculada al escándalo de corrupción. Leer más

Fuente: Clarín
03/06/2025 14:36

La polémica elección de jueces en México: el oficialismo controlará la Corte Suprema

Tras unos comicios en los que votó sólo el 13% del padrón, el partido Morena, de la presidenta Claudia Sheinbaum obtenía gran ventaja.Advertencias por el control del gobierno sobre la Justicia. El oficialismo también es mayoría en el Parlamento.

Fuente: Infobae
03/06/2025 12:19

Reunión urgente entre la fiscal Luz Adriana Camargo y el presidente de la Corte Suprema tras orden de captura de Guatemala

La fiscal Luz Adriana Camargo y Octavio Augusto Tejeiro se encontraron de forma inesperada luego de que Guatemala solicitara la detención de la fiscal colombiana

Fuente: Infobae
03/06/2025 11:16

Juan José Santiváñez apela al puesto que el Gobierno le regaló para que la Corte Suprema no le dicte impedimento de salida

Exministro buscaría acreditar ante el Poder Judicial que tiene arraigo laboral luego de que fuera expectorado de la cartera del Interior por incapaz

Fuente: Clarín
01/06/2025 16:36

Milei no quiere avanzar con los cambios en la Corte Suprema hasta después de las elecciones de octubre

Los dialoguistas mantendrán abierto el debate en el Senado con consultas a especialistas.Milei sabe que tendrá que negociar un acuerdo amplío con el kirchnerismo y lanzó dardos contra Villarruel.

Fuente: Infobae
01/06/2025 12:25

El presidente de la Corte Suprema respondió a quienes critican la autonomía judicial y mencionó a Gustavo Petro: "Es una garantía de la democracia"

Octavio Tejeiro habló del presidente Gustavo Petro y la recién aprobada reforma a la justicia

Fuente: Página 12
31/05/2025 00:01

La Corte Suprema dio su aval a las deportaciones

La medida afecta a ciudadanos de Venezuela, Cuba, Nicaragua y Haití que habían ingresado a territorio estadounidense bajo la figura legal de "parole humanitario."

Fuente: La Nación
30/05/2025 17:36

Adiós al parole para haitianos: la Corte Suprema permite a Trump revocar el estatus legal de 500.000 migrantes

La Corte Suprema de Estados Unidos le dio autorización a Donald Trump para revocar el parole humanitario de 500 mil migrantes, entre los que se encuentran los ciudadanos haitianos. Este fallo se enmarca en la suspensión de la orden del tribunal de Boston sobre la detención de las deportaciones.Quiénes se ven afectados por la decisión de la Corte Suprema sobre el parole humanitarioEl viernes 30 de mayo, el máximo tribunal del país norteamericano otorgó el permiso al presidente estadounidense de continuar con las deportaciones de miles de migrantes que permanecen en territorio norteamericano bajo protección del parole humanitario. Entre los afectados se encuentran ciudadanos de Haití, Nicaragua, Cuba y Venezuela.Medio millón de migrantes contaba con esta protección que se les otorgó cuando ingresaron a EE.UU. bajo una situación de emergencia. Este beneficio los protegía contra la deportación, además de concederles la posibilidad de trabajar de forma temporal en ese país.Del ese total de extranjeros, alrededor de 211 mil son ciudadanos haitianos, que representan la mayor porción de migrantes damnificados. En segundo lugar, hay 117 mil venezolanos, 110 mil cubanos y, por último, 93.000 nicaragüenses.El mandatario republicano situó como una de sus prioridades la revocación de este estatus legal desde su regreso a la Casa Blanca, cuando firmó una orden ejecutiva al respecto sobre este programa implementado en el gobierno de Joe Biden.Cómo afecta a los ciudadanos de Haití la decisión de la Corte SupremaEl fallo de la Corte Suprema posibilita el escenario de que los ciudadanos de Haití y el resto de nacionalidades afectadas se enfrenten a deportaciones. La medida se suma a la decisión del máximo tribunal de autorizar a Trump de eliminar las protecciones de libertad condicional para 350 mil venezolanos que contaban con Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés). A su vez, en marzo pasado, la secretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, revocó el estatus legal de los migrantes bajo los programas CHNV y advirtió que los titulares tenían 30 días para abandonar el territorio estadounidense. Sin embargo, un tribunal federal de Boston bloqueó la medida semanas después.Los migrantes elegibles están a tiempo de optar por otros permisos migratorios ante la agencia federal, como el asilo o la visa U. Sin embargo, algunos pueden enfrentar deportaciones de forma inmediata debido a su condición de estatus.En declaraciones consignadas por The New York Times, la jueza Ketanji Brown Jackson se posicionó en contra de la reciente decisión del máximo tribunal. Así, argumentó que no se consideraron "las devastadoras consecuencias de permitir que el gobierno trastoque precipitadamente las vidas y los medios de vida de casi medio millón de no ciudadanos, mientras sus demandas legales están pendientes".Por su parte, el gobierno federal planea cumplir con las deportaciones masivas que prometió en campaña, con el objetivo de un millón de migrantes al año. Y argumentó que "revocar el estatus de parole facilitaría la inclusión de los migrantes en un proceso de deportación acelerada, conocido como 'expedite removal'".En tanto, expertos pusieron sobre la mesa la incertidumbre sobre si la administración revocará este permiso de protección de manera unánime o lo hará caso por caso.

Fuente: La Nación
30/05/2025 16:36

Adiós parole de los venezolanos: la Corte Suprema permite a Trump revocar el estatus legal de los migrantes

Desde este viernes, un nuevo fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos le permite al presidente Donald Trump revocar el programa de parole humanitario que amparaba a más de 500 mil migrantes en total. Entre ellos, 117.330, venezolanos. Esta medida afecta directamente su permiso para residir y trabajar legalmente en el país.Venezuela, en el centro de un nuevo golpe judicial contra los migrantesEl parole humanitario alcanza a miles de venezolanos que habían llegado al país con patrocinadores y bajo control migratorio. La iniciativa, implementada por Joe Biden en 2022, buscaba ordenar el ingreso de personas en situación vulnerable y aliviar la presión en la frontera sur.Con el aval de la Corte, Trump puede ahora eliminar esa vía legal. De acuerdo con The Washington Post, su gobierno sostiene que los beneficiarios representan "una amenaza para la seguridad pública" y "una carga para los recursos nacionales".El parole permitía ingresar al país norteamericano con pre aprobación y permanecer legalmente por dos años. Los migrantes necesitaban un patrocinador en EE.UU. y debían pasar filtros de seguridad. La decisión de la Corte y su impacto en los migrantes venezolanosLa resolución del tribunal se tomó con una mayoría dividida y sin explicaciones públicas. La jueza Ketanji Brown Jackson rechazó la medida y advirtió que traerá "caos social y económico". Recordó que muchos de estos migrantes fueron invitados por el propio gobierno.En su disidencia, Jackson argumentó que el tribunal "subestima las devastadoras consecuencias de permitir que el gobierno trastoque precipitadamente la vida y el sustento de casi medio millón de extranjeros mientras sus demandas legales están pendientes".También explicó que los venezolanos afectados "ya se integraron en barrios y comunidades estadounidenses con la esperanza de obtener eventualmente un estatus legal a largo plazo". Adicionalmente, la jueza remarcó que la medida los dejará sin empleo legal y los expondrá a expulsiones masivas.El dictamen de la Corte Suprema permite revocar el parole mientras se resuelven otras demandas en tribunales inferiores que podrían volver al máximo ente de Justicia de Estados Unidos. Sin embargo, el gobierno de Trump puede dejar sin efecto el beneficio migratorio de forma inmediata.¿Qué será del futuro de los migrantes venezolanos?El fallo surge de una apelación presentada por el gobierno de Trump. Previamente, había sido frenado por un tribunal de primera instancia, que exigía evaluación individual por parte del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés). Luego, una corte de apelaciones ratificó ese criterio.Según los demandantes, si no fuera por la intervención previa de un tribunal de primera instancia, se habría generado "un sufrimiento humano innecesario".El grupo más numeroso de migrantes que llegaron a través del parole humanitario fueron los haitianos, con 211.040 personas. Los oriundos de Venezuela fueron 117.330, los cubanos 110.240 y los nicaragüenses 93.070.El argumento central del gobierno de Trump es que el parole permitió el ingreso de una población "sin camino claro hacia un estatus legal duradero". En su presentación ante la Corte, el procurador general John Sauer justificó la cancelación en esos términos.El gobierno de Trump ya había intentado revocar otras protecciones para migrantes venezolanos. A comienzos de mes, la Corte Suprema también permitió anular el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés), que beneficiaba a 350 mil personas oriundas de ese país.

Fuente: La Nación
30/05/2025 15:36

Adiós parole de los cubanos: la Corte Suprema habilita a Trump revocar el estatus legal de los migrantes

La Corte Suprema de Estados Unidos autorizó a la administración del presidente Donald Trump a avanzar en la eliminación del programa de "parole humanitario" que otorga permisos de residencia y trabajo temporales a ciudadanos de Cuba y otros países. Esta medida afecta a a unos 110 mil cubanos que, bajo el gobierno de Joe Biden, habían obtenido autorización para vivir y trabajar legalmente mientras se resolvían sus procesos migratorios. Qué significa el fin del parole para cubanosLa decisión del tribunal no resuelve de forma definitiva el futuro del programa, ya que los litigios en torno a su legalidad siguen en curso en tribunales inferiores, según CNN. Sin embargo, sí permite al gobierno revocar los permisos concedidos a los migrantes bajo este esquema, lo que abre la puerta a la posible detención o deportación de medio millón de personas de distintas nacionalidades.El programa de "parole" fue implementado por la administración Biden como parte de una estrategia para regular la migración desde países con crisis humanitarias y evitar así ingresos no autorizados por la frontera sur. Este mecanismo permitía que ciudadanos de ciertos países ingresaran legalmente a EE.UU. si contaban con un patrocinador financiero en el país y superaban controles de seguridad.Con la reciente decisión judicial, esa vía queda suspendida. Aquellos que ya se encontraban en el país norteamericano bajo ese permiso temporal podrían perder su estatus legal, su derecho al trabajo y quedar expuestos a procedimientos de deportación si no logran insertarse a otro tipo de protección migratoria.Cuántos migrantes están en riesgo de deportaciónDe acuerdo con The Washington Post, alrededor de 530 mil personas de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela han recibido beneficios bajo este programa desde su implementación. El grupo más numeroso es el de haitianos, con 211.040 personas; en tanto que los venezolanos son 117.330, los cubanos 110.240, y los nicaragüenses 93.070.Para los migrantes de la isla, en particular, el fin del programa podría tener un impacto severo, aun así muchos tienen la posibilidad de ajustar su estatus bajo la Ley de Ajuste Cubano.El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) establece que quienes ingresaron al país con parole podrían optar por la residencia permanente después de un año, siempre que cumplan los requisitos legales. Sin embargo, la suspensión del programa podría anular esa posibilidad para muchos futuros solicitantes.¿Por qué Trump quiere finalizar con el parole para cubanos?La administración Trump argumentó en varias oportunidades que el parole humanitario representaba una política migratoria insostenible, que permitía el ingreso masivo de personas sin una vía clara a la residencia o ciudadanía. Sostuvo que el esquema incentivaba solicitudes fraudulentas y que era necesario revocar el programa para preservar la integridad del sistema migratorio.Según documentos judiciales obtenidos por CBS News, los funcionarios afirmaron que había indicios de uso indebido del programa que incluía patrocinadores duplicados, direcciones repetidas y casos de personas fallecidas como supuestos garantes. El argumento se centró en que estas irregularidades justificaban una revisión completa de la política.La decisión de la Corte fue emitida sin firma, en una breve orden. Las magistradas Sonia Sotomayor y Ketanji Brown Jackson expresaron su desacuerdo y manifestaron su preocupación por las consecuencias humanitarias. "La Corte subvalora las consecuencias devastadoras de permitir que el gobierno revierta precipitadamente las vidas y los medios de vida de casi medio millón de no ciudadanos mientras sus reclamos legales están pendientes", aseguró Jackson, según lo retomado por The Washington Post.El parole humanitario no otorga residencia permanente ni ciudadanía, pero es una herramienta clave para quienes necesitan protección temporal. Sin este permiso, los migrantes quedarían en situación irregular, lo que implica la pérdida de derechos básicos como la posibilidad de trabajar legalmente.En ausencia del programa, la única vía restante para muchos cubanos es solicitar asilo o la opción del Ajuste Cubano, una ley vigente desde 1966 que permite solicitar la residencia tras un año y de permanencia legal.

Fuente: La Nación
30/05/2025 14:36

Adiós parole para nicaragüenses: la Corte Suprema permite a Trump revocar el estatus legal de los migrantes

La Corte Suprema de Estados Unidos suspendió la orden de la jueza federal de distrito Indira Talwani, de Boston, que detenía la decisión del gobierno de Donald Trump de poner al parole que protegía a nicaragüenses y ciudadanos de otras naciones. Con la decisión, unos 93.070 nicaragüenses quedan expuestos a una deportación rápida. La decisión de la Corte Suprema sobre el parole para inmigrantes Los jueces revocaron una orden de un tribunal inferior que mantenía vigente un permiso de permanencia temporal, de dos años, para 532 mil ciudadanos de cuatro países: Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela.Dos de los tres jueces liberales, Ketanji Brown Jackson y Sonia Sotomayor, discreparon públicamente la decisión de la Corte Suprema. De acuerdo con The Associated Press, la determinación "no es definitiva, pero significa que las protecciones no estarán vigentes mientras el caso siga su curso". Ahora, el caso de los nicaragüenses, y otros extranjeros, regresa al Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito de EE.UU. en Boston.La administración Trump presentó una apelación de emergencia ante el tribunal supremo después de que Talwani bloqueara su intento de terminar el programa. El Departamento de Justicia (DOJ, por sus siglas en inglés) argumenta que las protecciones para quienes huyen de la inestabilidad en sus países de origen siempre fueron temporales, y que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) tiene la facultad de revocarlas sin intervención judicial.Jueces discrepan con la decisión de la Corte SupremaEl tribunal falló en su evaluación de si la administración tenía derecho a congelar la decisión de Talwani en espera del litigio, escribió la jueza Jackson en una opinión de disidencia adjunta. La jueza Sotomayor se unió a la discrepancia."Subestima las devastadoras consecuencias de permitir que el gobierno altere precipitadamente las vidas y los medios de vida de casi medio millón de no ciudadanos mientras sus demandas legales están pendientes". Agregó que la decisión no exige prácticamente nada al gobierno en cuanto a daños irreparables. La decisión de la administración Trump fue la primera revocación masiva de un permiso humanitario, según los abogados de los migrantes, consignados por AP. Calificaron las medidas del gobierno como "el mayor evento de ilegalización masiva en la historia moderna de Estados Unidos".El caso también es el último de una serie de apelaciones de emergencia que el gobierno federal ha presentado ante la Corte Suprema, muchas de ellas relacionadas con la inmigración.Qué pasará con los nicaragüenses con paroleEl DHS publicó en marzo de este año un aviso del Registro Federal: Terminación de los procesos de parole para cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos, en el que señalan que aproximadamente 532 mil extranjeros recibieron autorización anticipada para viajar a Estados Unidos y ser considerados para obtener el permiso de permanencia temporal.El anuncio también explica que el período de estancia de los extranjeros que se encuentren en Estados Unidos bajo estos programas, y cuyo permiso no haya vencido antes del 24 de abril de 2025, finalizará en esa fecha.Y agrega: "Las personas en libertad condicional que no tengan una base legal para permanecer en Estados Unidos tras la finalización de los programas de libertad condicional CHNV deben salir del país antes de la fecha de vencimiento de su permiso".

Fuente: Infobae
30/05/2025 13:29

EEUU: la Corte Suprema permitió revocar el permiso humanitario para inmigrantes de Cuba, Haití, Venezuela y Nicaragua

Más de medio millón de personas quedan en riesgo de deportación tras la decisión judicial que autoriza la cancelación del programa de residencia y trabajo temporal

Fuente: Infobae
30/05/2025 11:23

Corte Suprema de Colombia absuelve a exdetective del DAS Ronal Rivera investigado por tortura psicológica contra periodista

La Alta Corte absolvió a Rivera en un caso de tortura psicológica contra Claudia Julieta Duque, decisión calificada como fallo en derechos humanos por organizaciones internacionales

Fuente: Infobae
30/05/2025 11:21

Exguitarrista de Doctor Krápula se pronunció tras condena de la Corte Suprema de Justicia: "Me acusaron injustamente de abusar de mi propia hija"

Infobae Colombia recibió el comunicado del músico, remitido por uno de sus familiares que asegura no saber el paradero actual de Dib Abraham Hadra Arciniegas, condenado por la Corte Suprema de Justicia

Fuente: Infobae
29/05/2025 22:21

Corte Suprema devolvió el control de un predio de 'El Mexicano' a la Fuerza Aérea: esta es la historia

El difunto narcotraficante, uno de los líderes del cartel de Medellín, llegó a hacerse con tres lotes ubicados en el norte de Bogotá

Fuente: Infobae
29/05/2025 19:52

Posible nombramiento de Ricardo Roa como ministro transferiría sus procesos jurídicos a la Corte Suprema

Si Roa lidera el Ministerio de Minas y Energía, sus investigaciones en curso pasarían de la Fiscalía a la jurisdicción de la Corte Suprema gracias al fuero especial que otorga el cargo

Fuente: Perfil
29/05/2025 14:00

Ruta del dinero K: la Corte Suprema dejó firme la condena a diez años contra Lázaro Báez

El máximo tribunal también se refirió a la situación procesal de Cristina Kirchner, quien no formó parte del juicio en esta causa. Su situación continúa siendo evaluada en instrucción, luego de que la fiscalía y el juez Sebastián Casanello firmaran su sobreseimiento, lo que fue cuestionado por una ONG querellante. Leer más

Fuente: Infobae
29/05/2025 13:20

Ruta del dinero K: la Corte Suprema dejó firmes las condenas contra Lázaro Báez y otros implicados en la causa

Lo hizo al rechazar los recursos planteados por todos los condenados. La decisión es la antesala de lo que puede resolver el tribunal en la causa "Vialidad", en la que está condenada la ex presidenta Cristina Kirchner. El juez Carlos Rosenkrantz votó en disidencia

Fuente: Infobae
28/05/2025 18:20

El Gobierno quiere ampliar la Corte Suprema, pero no habilitará el debate hasta después de las elecciones

La oposición en el Senado reanudó discusiones puntuales sobre la ampliación del máximo tribunal, pero ninguna fue avalada por la Casa Rosada. Sería una composición de entre siete y nueve miembros

Fuente: Infobae
28/05/2025 18:15

Jaime Lombana envió un duro mensaje a la justicia colombiana: "La Corte Suprema se apresuró en compulsar copias a Uribe"

El abogado afirmó que el alto tribunal actuó con parcialidad y premura al compulsar copias contra Uribe, lo que, en su opinión, generó un daño innecesario

Fuente: La Nación
28/05/2025 18:00

Ciudadanía por nacimiento en EE.UU.: qué se sabe del fallo de la Corte Suprema

La Corte Suprema de Estados Unidos se encuentra en la recta final de su actual período judicial y una de las decisiones más esperadas gira en torno a un principio consagrado desde fines del siglo XIX: la ciudadanía por nacimiento. En este contexto, los jueces podrían pronunciarse en las próximas semanas sobre una apelación que podría modificar de manera drástica la manera en que se reconoce la nacionalidad estadounidense a hijos de inmigrantes nacidos en EE.UU.Se espera una decisión inminente de la Corte Suprema sobre la ciudadanía por nacimiento Según el periodista John Fritze de CNN, los jueces de la Corte Suprema emitirán una serie de fallos claves antes de que finalice el período judicial, a fines de junio. Entre ellos figura esta causa sobre la ciudadanía por nacimiento, considerada una de las más relevantes no solo por su impacto migratorio, sino también por lo que representa en términos de equilibrio de poderes entre el Ejecutivo y el Judicial.La expectativa es alta, no solo en los círculos legales, sino también en organizaciones de derechos civiles, estados federales y cientos de miles de familias que aguardan una decisión que podría redefinir el acceso a la ciudadanía en Estados Unidos. Todo dependerá del fallo que emita una Corte con mayoría conservadora (seis a tres), cuyas divisiones internas ya se hicieron evidentes en la audiencia del 15 de mayo.Ciudadanía por nacimiento: la postura de Trump y el rol de la Corte Suprema de EE.UU.El caso tiene su origen en una orden ejecutiva que el presidente Donald Trump firmó luego de su toma de posesión, en la cual intentó anular el derecho automático a la ciudadanía para hijos de personas indocumentadas o con estatus migratorio temporal, como visas de estudiante o de trabajo.Aunque esta política no llegó a implementarse por completo, fue frenada por tribunales federales en Maryland, Massachusetts y el estado de Washington, que emitieron medidas cautelares a nivel nacional. Esta acción judicial fue criticada por la administración Trump, que sostiene que tales resoluciones exceden la autoridad conferida por la Constitución a los jueces federales de primera instancia.Durante una audiencia el pasado 15 de mayo, los magistrados de la Corte Suprema mostraron opiniones divididas sobre los dos aspectos centrales del caso:Por un lado, la validez de las órdenes ejecutivas que buscan limitar el derecho a la ciudadanía automática.Por otro, el alcance que deberían tener los fallos de jueces de distrito: si pueden aplicarse en todo ese país o solamente en las jurisdicciones involucradas.El gobierno de Trump, representado por el procurador general D. John Sauer, argumentó que los injunctions universales (mandamientos judiciales) violan el artículo III de la Constitución estadounidense, ya que los tribunales solo deben resolver daños concretos para los demandantes individuales. En sus palabras, citadas por Idaho State Journal, "las medidas cautelares de alcance nacional transgreden el equilibrio tradicional de la equidad judicial".Las consecuencias de eliminar la ciudadanía por nacimiento en EE.UU.Más allá del debate jurídico, el impacto potencial de esta decisión podría ser profundo. El principio del "jus soli", que garantiza la ciudadanía a toda persona nacida en territorio estadounidense, fue consagrado por la Enmienda 14 de la Constitución tras la Guerra Civil. Desde entonces, fue ratificado por varios fallos de la Corte, como por ejemplo United States v. Wong Kim Ark en 1898.Si la Corte Suprema decidiera permitir la entrada en vigor de la orden ejecutiva de Trump, miles de niños que nazcan en Estados Unidos de padres sin residencia permanente perderían automáticamente el derecho a la ciudadanía. La jueza Sonia Sotomayor alertó que esto podría generar una clase de personas sin nacionalidad: "Miles de niños nacerán sin documentos de ciudadanía, lo que podría volverlos apátridas en ciertos lugares donde los países de origen de sus padres no los reconocen como ciudadanos por nacimiento en el exterior".Según un estudio del Migration Policy Institute, unas 255 mil personas nacen cada año en Estados Unidos en estas condiciones y quedarían excluidas del acceso a la nacionalidad si se modificara este derecho.Ciudadanía por nacimiento: opiniones divididas en la Corte Suprema de EE.UU. Durante la discusión del caso, los jueces mostraron posturas diversas. Algunos expresaron preocupación por las implicancias prácticas de limitar el uso de medidas cautelares a nivel nacional. La jueza Elena Kagan advirtió que se crearía un sistema caótico si los tribunales no pudieran frenar políticas en todo el país norteamericano. Por su parte, su colega Neil Gorsuch, conservador, coincidió parcialmente al señalar que eso provocaría un "mosaico" judicial y que los juicios colectivos tardarían mucho en consolidarse.A favor de la postura del gobierno, el juez Clarence Thomas recordó que el uso de estas medidas cautelares universales es reciente, ya que empezaron a utilizarse en la década de 1960, y que antes Estados Unidos funcionaba sin ellas. En una crítica más directa, el juez Samuel Alito cuestionó que algunos jueces de distrito crean que "pueden hacer lo que quieran".

Fuente: Perfil
28/05/2025 16:00

Ampliación de la Corte Suprema: cuáles son los proyectos que debatirá el Senado

La Cámara alta inicia el debate para ampliar la cantidad de jueces que integran el máximo tribunal. Además del proyecto oficialista, hay otras siete iniciativas, y la mayoría contempla la paridad de género en su conformación. Leer más

Fuente: Infobae
28/05/2025 14:19

Alias el Mocho Olmedo, el cabecilla de las disidencias que había estado oculto por la DNI, sería extraditado a Estados Unidos: Corte Suprema autorizó la medida

El delincuente era el segundo al mando del Frente 33 de las disidencias de las Farc, y hace parte de las conversaciones de paz con el Gobierno Petro




© 2017 - EsPrimicia.com